Provincia de Cádiz

El policía no puede comprender el juicio

  • La Audiencia archiva el caso del agente de Barbate acusado de atribuir una multa a un colega

La Audiencia Provincial de Cádiz ha decidido archivar el caso del policía local de Barbate acusado de poner una multa y atribuírsela falsamente a un compañero. El fiscal solicitaba para el agente procesado cuatro años de prisión por un delito de falsedad en documento oficial. Un auto explica que el policía no será juzgado porque padece una alteración psiquiátrica que le impide comprender el significado de la acusación contra él y también del juicio.

El agente iba a ser juzgado a finales del pasado septiembre pero la defensa solicitó, y obtuvo, la suspensión de la vista oral para que el procesado fuese sometido a un reconocimiento médico. Tras recibir el informe de una médico forense acerca del estado de salud mental del agente, la defensa del acusado y también el fiscal solicitaron el archivo de las actuaciones judiciales, decisión que fue adoptada por la Sección Tercera de la Audiencia.

Los hechos que depararon el procesamiento del policía se remontan a julio de 2003, cuando el acusado formaba parte de la plantilla de la Policía Local de Barbate. Hacia las doce de la mañana del día 11, el policía extendió un boletín de denuncia e impuso una sanción de 60,10 euros al propietario de un Audi A-6 por estar estacionado el automóvil en una zona de carga y descarga de la calle Rodríguez de Valcárcel, según relata el escrito de acusación provisional con el que el fiscal acudió al juicio. A la hora de hacer constar su número profesional en la denuncia y para ocultar al verdadero autor del boletín, agrega el escrito, el procesado no se identificó con el suyo, sino con el de otro agente de la Policía Local de Barbate, quien aparecía así a todos los efectos, falsamente, como el agente que había extendido la denuncia.

El auto que archiva provisionalmente el caso, dictado a finales del pasado enero, acuerda también que el Equipo de Salud Mental de Vejer someta a vigilancia y control médico al procesado y que informe a la Audiencia Provincial en caso de que éste recobre la salud.

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