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Provincia de Cádiz

Un conductor sin carné que causó dos muertes acepta entrar en prisión

  • La acusación particular admitió pactar dos años y medio tras comprometerse el acusado a ingresar voluntariamente en la cárcel · En el accidente fallecieron dos jóvenes que iban en el coche del procesado

Un conductor sin carné que en mayo de 2004 causó un accidente mortal en la autovía que une Cádiz con San Fernando ha aceptado entrar en prisión para cumplir una pena de dos años y seis meses pactada por su defensa con la Fiscalía y la acusación particular. El procesado, condenado por dos delitos de homicidio por imprudencia grave y otro de lesiones graves, admitió ser responsable del siniestro que acabó con la vida de dos jóvenes y provocó heridas graves a otra persona. La Fiscalía solicitaba en principio tres años y medio de prisión. La acusación particular, cuatro años. La sentencia de conformidad ha sido dictada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz.

En el accidente, ocurrido en la curva de Torregorda, murieron Gema Amador Pacheco, que acababa de cumplir 23 años de edad, y Jorge Lorenzo Vergara, quien también días antes había cumplido 25. En el vehículo iba también M.R.F., quien resultó herida grave y sufrió importantes secuelas. Ambos viajaban en el automóvil que conducía J.F.C.R., nacido en 1981, quien no tenía de permiso de circulación, cuyo coche carecía de seguro, que dio positivo en una prueba de alcoholemia (una tasa tres veces por encima de la permitida) y que hizo un adelantamiento precipitado y antirreglamentario.

La mayoría de los casos de accidentes de tráfico en los que un conductor causa una víctima mortal y es condenado por ello terminan con el procesado en libertad: con penas no superiores a dos años de prisión que les permiten solicitar y obtener la suspensión de condena.

La sentencia que condena a J.F.C.R. precisa en el fallo que la ejecución de la pena de prisión de dos años y medio no admite ni la suspensión ordinaria del artículo 80 del Código Penal ni la sustitución del artículo 88 al exceder de dos años. A ese fin, añade, "se requerirá al penado para que ingreses voluntariamente en el centro penitenciario".

Que el procesado pasase por prisión fue precisamente la condición que puso la familia de Gema Amador, que ejerció la acusación particular y que fue representada por el abogado Ricardo Muñoz, para aceptar negociar la condena. Además de los dos años y medio de prisión, la sentencia impone al procesado la prohibición de conducir vehículos a motor durante cuatro años.

El accidente ocurrió hacia las ocho de la mañana del 29 de mayo de 2004. El procesado había pasado la noche en Cádiz con unos amigos y había ingerido en exceso bebidas alcohólicas, por lo que tenía muy mermadas sus facultades físicas y psíquicas, según el relato de hechos probados aceptado por el acusado. En esas condiciones, se puso al volante de un Ford Orion, un automóvil de su propiedad que carecía de seguro de responsabilidad civil, y con él subieron al coche tres ocupantes.

El vehículo circuló por la CA-33 y en la curva de Torregorda adelantó con sumo descuido al automóvil que le precedía, una furgoneta Renault modelo Kangoo en la que viajaba una pareja. El adelantamiento fue realizado de forma precipitada y acercándose desde atrás al vehículo que iba a ser sobrepasado, de modo que el Ford golpeó la parte posterior izquierda de la furgoneta y provocó que ésta saliese de la vía.

A partir de ese momento, el acusado perdió por completo el control de su vehículo, ya que llevaba una velocidad muy elevada. El automóvil se salió de la carretera y chocó contra unas barreras de seguridad.

El conductor de la furgoneta resultó herido leve. Su esposa no sufrió herida alguna.

Tras el accidente, la Guardia Civil de Tráfico practicó pruebas de alcoholemia al conductor procesado. La primera, a las 08,49 horas, arrojó un resultado de 0,84 miligramos de alcohol por litro de aire. La segunda, catorce minutos más tarde, 0,91 miligramos.

El escrito de la acusación particular indicaba que los agentes que intervinieron en el accidente le apreciaron al procesado diferentes síntomas externos que indicaban que había bebido alcohol.

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