Provincia de Cádiz

Un condenado por una agresión sexual en grupo lleva 5 años huido

  • Un joven de Barbate obligó a una menor a practicarle una felación a él y a sus dos amigos

  • El Supremo le impuso la pena de 13 años

Vista de la playa de la Hierbabuena  desde el mirador del Parque Natural de la Breña y Marismas de Barbate.

Vista de la playa de la Hierbabuena desde el mirador del Parque Natural de la Breña y Marismas de Barbate. / MANUEL ARAGÓN PINA

Un joven de Barbate condenado a 13 años y ocho meses de prisión por una agresión sexual en grupo cometida en 2008 se encuentra en busca y captura desde hace cinco años y medio. La Audiencia Provincial de Cádiz le impuso a este barbateño la pena de 11 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual, si bien el Tribunal Supremo, tras estimar parcialmente el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía, aumentó la condena casi tres años más.

Los hechos que los jueces han dado por probados ocurrieron el 18 de julio de 2008, un mes después de que el agresor cumpliera la mayoría de edad. Éste se encontraba en el puerto de Barbate, en la zona del botellón, celebrando las fiestas de la patrona.

Los hechos ocurrieron en una zona apartada del puerto de Barbate durante la feria de 2008

En torno a la una de la madrugada, el joven y sus amigos -dos de ellos menores de edad- coincidieron en la parte de los pinares, próxima a la playa de la Hierbabuena, con una chica de 15 años y su amiga, quienes se dirigían a orinar a este lugar. Los chavales las siguieron y comenzaron una conversación entre todos al ser conocidos del pueblo.

En un momento dado, apunta la sentencia de primera instancia, uno de los menores cogió a la amiga del brazo y la alejó del grupo, quedando la víctima sola con los demás, circunstancia que el ahora fugado aprovechó para llevársela a una zona más apartada.

Acto seguido, el agresor y sus dos amigos menores de edad, con ánimo libidinoso y con propósito de atentar contra su libertad sexual, se bajaron los tres los pantalones y los calzoncillos y obligaron a la niña a hacerles felaciones a cada uno. Para ello la forzaron a ponerse de rodillas, impidiendo que se levantara. Los tres implicados se iban turnando: mientras que dos de ellos le sujetaban la cabeza y los hombros, el tercero la obligaba a succionarle el pene. Cuando acabaron, los tres individuos se marcharon del lugar.

Por estos hechos, el único procesado mayor de edad fue condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a once años de cárcel y, posteriormente, una vez revisada la sentencia por el Tribunal Supremo, a trece años y ocho meses. En septiembre de 2012 se dictó la orden de busca y captura y desde entonces permanece fugado de la Justicia.

Contra los dos menores de edad se dictó sentencia condenatoria en octubre de 2009 (firme en mayor de 2010) en el correspondiente procedimiento en la jurisdicción de menores.

las versiones

A la hora de dictaminar el fallo condenatorio, el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz valoró el relato de los hechos ofrecido por la víctima. "En todo momento, desde sus primeras manifestaciones así como en fase de instrucción y en el acto del juicio oral", la versión de la adolescente "guarda absoluta sintonía y unidad argumental". "Habla con firmeza y decisión, rememorando las circunstancias del suceso de manera coherente y convincente". La Audiencia le atribuyó "crédito total".

Sin embargo, no resultaron creíbles para el tribunal gaditano las manifestaciones del agresor, quien llegó a modificar hasta en cuatro ocasiones su declaración. La sentencia señala que la primera vez que el joven testificó ante la Policía aseguró que el 18 de julio de 2008 la víctima se estaba enrollando con dos de sus amigos a la vez en una zona apartada de la feria, por lo que decidió abandonar el lugar. En la declaración prestada ante el juzgado instructor en agosto de 2018 explicó que ese día estaba con unos amigos, que fueron a orinar y que se encontraron a la víctima, la cual acabó besándose con uno de sus colegas. En la declaración indagatoria de 2010 modificó otra vez su versión y señaló que la chica había estado con un amigo diferente al que refirió en un principio. Finalmente, en el acto del juicio oral, reconoció que la menor le hizo una felación pero voluntariamente. "La disparidad de manifestaciones acerca de los hechos llevan a que no dotemos de credibilidad alguna este testimonio meramente exculpatorio", expone la resolución judicial de primera instancia.

Además de confirmar estos argumentos, el Tribunal Supremo incrementó la pena del barbateño al considerar que éste "ejecutó el acceso carnal con el apoyo y la aportación activa de otras dos personas; y también llevó a cabo actos de violencia sobre la víctima para que cada uno de esos otros dos realizara sus propias penetraciones". Hubo pues "una acción conjunta de tres personas", una agravante que apreció el Alto Tribunal.

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