Provincia de Cádiz

Cinco años de cárcel para el autor del atropello mortal en Jerez

  • El juez le impone tres años por homicidio por imprudencia y dos por omisión del deber de socorro

D.M.L, el acusado por el atropello de una mujer en la zona de La Plata, en Jerez, en junio de 2004, ha sido condenado cinco años de prisión por estos hechos. El magistrado Parra Calderón le ha impuesto una pena de tres años por homicidio por imprudencia y otros dos años por el de omisión de socorro, delitos que considera plenamente probados, como relata en la sentencia, de veintitrés folios.

La familia de la víctima, Antonia de la Cruz, ya ha calificado la sentencia como "ejemplar", tal y como afirmaba ayer Andrés Valle, uno de los hijos de la fallecida que ha hecho durante más de tres años de portavoz de su mismo, sus hermanos y su sobrino. Todos tendrán que ser indemnizados bien por el acusado o por el mismo Consorcio de Compensación de Seguros. "Judicialmente estoy conforme con la sentencia, sí se ha hecho justicia, pero mi madre ya no me la devuelve nadie, ni aunque le cayera cadena perpetua", comentaba ayer Valle, quien añadió que "mi lucha no termina aquí. Hay casos similares y con esto se sienta precedente, algo parece que empieza a cambiar. Esto es un paso adelante. He hecho mi camino solo, pero quiero echar una mano al que pueda en otros casos. No me voy a quedar quieto". El hijo de Antonia de la Cruz sabe que el fallo se va a apelar: "está en su derecho pero la sentencia está meditada y muy bien hecha". Dice que no quiere que el acusado le pida perdón, sino que "la sentencia se ejecute cuanto antes".

En ese fallo, el juez considera probado que el acusado conducía sin seguro obligatorio y sin carnet un BMW por la prolongación de la calle Pizarro, cerca del parque de La Plata y de un establecimiento de Mercadona de donde acababa de salir la finada. Su velocidad se estima en 89 kilómetros por hora y que tras tomar la curva y realizar unas maniobras evasivas para evitar colisionar con unos coches, perdió el control del vehículo y en la mediana de un paso de cebra acabó atropellando a Antonia de la Cruz. La mujer, por la violencia del impacto salió volando por los aires quedando ocho metros más allá del choque y justo delante de otro vehículo que venía de frente y con el que impactó el coche del inculpado. D.M.L. se marchó corriendo del lugar, sin auxiliar a la víctima y sin facilitar su identidad. Fueron otras las personas que avisaron a la ambulancia.

El magistrado justifica el delito de omisión de socorro acogiéndose al Supremo, que dice que "el hecho de que existieran en el lugar otras personas, no excusa el insolidario deber humano del omitente". Así califica la forma de actuar del acusado de "totalmente reprochable, con manifiesta falta de solidaridad humana exigible en estos casos".

El letrado que ha defendido en este tiempo a D.M.L., Pedro J. Pérez Rodríguez, ha recibido con "sorpresa" el fallo y anunció que se va a apelar a la Audiencia porque entiende que "no existe desamparo" y, por tanto, no habría delito de omisión de socorro.

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