Provincia de Cádiz

4 años por pilotar una patera a un acusado que dijo que era inmigrante

  • La neumática fue interceptada en octubre frente a Trafalgar

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a cuatro años y un mes de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores extranjeros a un marroquí que navegaba junto con otros cinco compatriotas en una patera que fue interceptada el pasado octubre a unas tres millas del faro de Trafalgar. El procesado sostuvo que intentaba entrar clandestinamente en España, que viajaba en la embarcación como inmigrante y que no era el patrón, pero la sentencia estima probado que él pilotaba la lancha.

La embarcación, una neumática de ocho metros de eslora provista de dos potentes motores fueraborda, fue localizada por la patrullera Alcotán III, de la Guardia Civil, hacia las dos de la madrugada del 4 de octubre de 2007. La resolución explica que la patroneaba A.B., mayor de edad y sin antecedentes penales, quien intentaba introducir en territorio español a cinco personas indocumentadas.

El juicio lo celebró la Sección Cuarta a principios del mes pasado. El fiscal solicitó seis años de prisión. La defensa, la absolución. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Estrella, impone al procesado la pena mínima por el delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros porque no aprecia gravedad objetiva en los hechos ni especial peligrosidad subjetiva.

A. B., que está en prisión desde el pasado octubre, cuando fue detenido, sostuvo en el juicio que él viajaba como inmigrante en la patera. La resolución explica que los guardias civiles que interceptaron la embarcación relataron que la persiguieron durante bastante tiempo, que llegaron a navegar en paralelo y que vieron cómo era el procesado quien pilotaba.

La sentencia señala que la defensa invocó como alternativa que concurría un error invencible: que el acusado desconocía que lo que estaba haciendo era ilícito. El tribunal rechaza esa eximente y argumenta que el procesado excluye cualquier posibilidad de valorar si se produjo o no ese error al negar que pilotase la embarcación. Un razonamiento que también utiliza el tribunal al inadmitir como eximente el estado de necesidad, otra alternativa planteada por la defensa.

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