Sierra

El Tribunal Supremo no admite el recurso de Los Cachimba

  • Resalta la brutalidad de los hermanos Venegas contra el policía local Juan Cadenas

Los hermanos Venegas, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial.

Los hermanos Venegas, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial. / pascual

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado no admitir el recurso de casación formulado por los hermanos Venegas, popularmente conocidos como Los Cachimba, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz.

Ramón Dávila, abogado de Juan Cadenas, el policía local que perdió un ojo y casi la vida tras el furibundo ataque de los hermanos al cuartel de Puerto Serrano, se mostró satisfecho por esta decisión de los magistrados del Supremo, a cuyo auto ha tenido acceso este medio.

Contra el recurso interpuesto por Pedro Venegas, el autor material de la agresión, condenado a 13 años, el Supremo considera que están probados los hechos y lo considera autor "de un delito de atentado con uso de instrumento peligroso".

El Supremo atendió a las explicaciones de los dos médicos forenses, que indicaron que Pedro Venegas tiene diagnosticado un trastorno mixto de la personalidad. Pese a ello, los magistrados consideran que las frecuentes autolesiones de Pedro Venegas en prisión "tendrían una finalidad manipulativa". El Supremo, a pesar de considerar probado el trastorno psíquico, no cree que sea suficiente para deducir, "sin más pruebas" una pérdida de voluntad o intelectiva.

Y en lo referente a la drogadicción alegada, el Tribunal tampoco considera acreditado el hecho necesario para su repercusión como circunstancia atenuante.

En cuanto al recurso de José Venegas, condenado a ocho años y 10 meses, considera que tampoco puede prosperar "por la entidad material de los hechos probados que se le atribuyen", y destaca la violencia ejercida por el acusado al propinar a Juan Cadenas multitud de patadas y el hecho de que estas se produjeran cuando el agente intentaba vencer la oposición violenta de Jorge Venegas a su detención.

El Supremo considera que aunque José Venegas no fue el autor material de las heridas causadas a Cadenas, "sí realizó una aportación decisiva al sujetarlo de un brazo, al tiempo que su hermano Pedro sujetaba el otro brazo, con lo que se facilitó notablemente que el segundo pudiera clavar el cristal repetidamente en la cara del policía en la forma en que lo hizo".

En cuanto a Jorge Venegas, el hermano menor y el detonante de todos los hechos tras su detención por conducción temeraria, y que fue condenado a casi ocho años de cárcel por diferentes delitos, el Supremo también considera probados todos los hechos de los que se le acusa. Además, el Supremo condena a los Cachimba a pagar las costas de sus recursos.

Por otra parte, mañana miércoles en la sala de lo social número 1 de Jerez de la Frontera, Juan Cadenas, junto a su abogado, Ramón Dávila, continuará con su otra batalla, la judicial que mantiene para que a las secuelas físicas que le ha dejado aquel brutal ataque no se le una la pérdida de poder adquisitivo y de su dignidad como policía.

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