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Provincia de Cádiz

Ratificada una sentencia que el fiscal vio contra la lógica

  • El recurso reprochaba a la juez que desprotegiese a la sociedad y a las víctimas

La Audiencia Provincial de Cádiz ha ratificado una sentencia absolutoria del Juzgado de lo Penal número 5 de Cádiz que deparó una inusual y contundente crítica hacia la juez por parte del fiscal que asistió al juicio. El fiscal presentó un recurso contra la resolución y en él afirmó que la decisión judicial de absolver al procesado iba "frontalmente contra las reglas de la lógica y de la común experiencia". También que la juez había hecho una interpretación "desmesurada y desorbitada" de la presunción de inocencia, lo que impedía toda condena y dejaba "desprotegidas a la sociedad y a las víctimas" .

La Sección Cuarta ha desestimado el recurso de apelación del fiscal y ha apoyado así la decisión adoptada por la juez, que absolvió a un acusado de intentar robar un coche en una calle de El Puerto. Unos hechos que sucedieron en julio de 2002.

El procesado fue detenido tras una batida por la zona en la que se produjo el intento de robo. La Policía buscó a alguien que encajase en la descripción proporcionada por un policía local que se encontraba de permiso y libre de servicio, quien había visto a dos personas intentando sustraer el vehículo y huir en un Vespino negro. La Policía localizó luego a dos jóvenes que coincidían con las características facilitadas por el agente; uno de ellos, el procesado, llevaba encima una llave de presión de fontanería.

Tras el juicio en el Juzgado de lo Penal, la juez absolvió al acusado al considerar que no había quedado acreditado que fuese él quien intentó robar el coche: que había negado los hechos y que no aparecieron sus huellas en el vehículo.

El fiscal decidió recurrir la absolución porque esos dos argumentos le parecieron "de poco peso". También porque consideró que la juez había hecho una interpretación "desorbitada y arbitraria" que chocaba con las reglas de la lógica: que no había tenido en cuenta la "persistente" declaración del policía local y tampoco otros datos periféricos (como que los jóvenes iban en un ciclomotor negro, sin matrícula y que, según ellos, lo habían encontrado).

El recurso recordaba que la juez alegaba también que el policía local dijo en el juicio que no recordaba al acusado. "Lógico", anota el fiscal, "lo vio unos segundos hace cinco años; pero se ratificó íntegramente en lo que había declarado en la instrucción y en el contenido del atestado".

La Audiencia respondió al recurso en una sentencia que considera que de las declaraciones del policía local no se concluye "de forma natural y racional" que el acusado intentase robar el coche. "Máxime", agrega, "cuando simplemente dio una descripción de los conductores de la moto y en el juicio manifestó que conoce al acusado de vista pero no sabe si es el autor de los hechos".

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