Provincia de Cádiz

El Juzgado desestima el contencioso de Cemabasa contra el Ayuntamiento

  • La sentencia rechaza la indemnización de 1,5 millones de euros que demandaban Mancomunidad y empresa pública y abre la puerta para que sea el Consistorio el que reclame ahora daños y perjuicios

El Ayuntamiento ha ganado el pulso que mantenía desde hace casi dos años con la empresa Cemabasa y la Mancomunidad de Municipios de la Bahía de Cádiz a cuenta de la gestión del cementerio municipal.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número dos de Cádiz ha desestimado el recurso que ambos interpusieron contra el Consistorio en septiembre de 2006 por la retirada de la encomienda de la gestión de los servicios del camposanto isleño.

La ruptura de este acuerdo entre Ayuntamiento, Mancomunidad y Cemabasa fue aprobada por el Pleno dos meses antes -en junio de 2006- y dio lugar a un tenso verano cuando Cemabasa, a modo de réplica por la decisión, anunció su repentina retirada en pleno puente festivo de agosto y obligó al Ayuntamiento a recurrir a una empresa de servicios que aún hoy está a cargo de estas instalaciones funerarias de una forma provisional.

La sentencia, con fecha de 12 de mayo, no sólo confirma que la decisión del Pleno de retirar la encomienda de la gestión a Cemabasa es conforme a derecho sino que afirma rotundamente que la empresa pública eludió su responsabilidad al no afrontar el correcto mantenimiento de las instalaciones, tal y como se especificaba en las claúsulas del acuerdo. La resolución judicial habla claramente del "incumplimiento por parte de la Mancomunidad y de Cemabasa de su obligación de mantener las instalaciones del cementerio municipal de San Fernando en perfecto estado, a lo que se comprometió en el convenio de encomienda de gestión que suscribieron, incumplimiento que se prolongó a lo largo de la vigencia del mismo (cinco años y medio) y que afectaba negativamente a las manzanas de nichos".

Pero la sentencia es aún más dura y no sólo descarta las elevadas indemnizaciones que Mancomunicad y Cemabasa reclamaban al Ayuntamiento isleño por las pérdidas sufridas durante los años de la encomienda y por lucro cesante tras la ruptura de un acuerdo que tenía vigencia para diez años -y que superaban el millón y medio de euros- sino que da un giro y deja abierta la posibilidad de que sea el propio Consistorio el que reclame una importante cantidad por daños y perjuicios fundamentándose en el incumplimiento del convenio: "de acuerdo con la cláusula séptima del convenio, la indemnización de tales perjuicios debe abonarse por la parte a la que es imputable el incumplimiento que motive la resolución -la aprobación en Pleno de la retirada de la encomienda- y a favor de quien los sufre, y en nuestro caso el incumplimiento que motiva la resolución contractual es precisamente atribuible a las recurrentes (Mancomunidad y Cemabasa)", afirma tajantemente la sentencia, que ayer dio a conocer el delegado de Presidencia y portavoz del Gobierno local, Francisco José Romero.

Y el Ayuntamiento no descarta esta posibilidad. "Es una vía que nuestros servicios jurídicos están estudiando", afirmó Romero, que destacó que la sentencia garantiza una buena base sobre la que reclamar estas indemnizaciones a la Mancomunidad y a Cemabasa.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo desestima uno tras otro los principales argumentos en los que se articulaba el recurso contra el Ayuntamiento. Uno de los puntos más llamativos del fallo es que evidencia, basándose en informes periciales, que Cemabasa no afrontó el debido mantenimiento de las instalaciones del cementerio y que fue el propio Ayuntamiento el que tuvo que hacerlo en su lugar. Así, por ejemplo, alude a los trabajos de impermeabilización de cubiertas y revestimientos y sustitución de bajantes, "que no fueron ejecutados por Cemabasa a lo largo de los cinco años y medio de vigencia de la encomienda de gestión, sino que los mismos tuvieron que ser acometidos por el Ayuntamiento de San Fernando".

Buena parte de la sentencia, por otro lado, justifica que la resolución del Pleno en la que se le retira la encomienda de gestión es conforme a derecho en contra de lo que argumentaba Cemabasa, que sostenía que no lo era, al haberse dados importantes defectos de forma en la tramitación del expediente administrativo. Consideraba Cemabasa de esta forma que no se le había dado audiencia cuando, según demuestra el fallo a favor del Consistorio, sí se le había dado, además de mantener varias reuniones.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios