Provincia de Cádiz

Desestimada la suspensión del tranvía como medida cautelar

  • El Juzgado rechaza la petición presentada en el Contencioso por la A.VV. Casco Histórico

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Cádiz ha desestimado la suspensión de todos los trámites dirigidos a la implantación del tranvía por la calle Real de La Isla -firma del convenio, licitación de las obras- que la asociación de vecinos del Casco Histórico demandaba como medida cautelar en el recurso contencioso presentado contra el Ayuntamiento isleño por el rechazo a convocar la consulta popular para decidir el trazado por la ciudad de este nuevo medio de transporte.

Al tramitarse el recurso como procedimiento especial de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales, el colectivo vecinal solicitó al Juzgado que frenara todos los trámites en marcha para la puesta en marcha del tranvía.

Casco Histórico alertaba entonces de la inminente firma del convenio del tranvía -suscrito hace ya un mes- y alegaba que la ejecución del acto "lesionaría gravemente el derecho fundamental a la participación ciudadana" .

Para la asociación de vecinos, la paralización de todos los trámites previos urgía porque, si esta medida cautelar no se adoptaba, el recurso perdería realmente su finalidad, al no frustrar la puesta en marcha del tranvía por la calle Real y la reurbanización de la citada arteria principal de San Fernando para favorecer su semipeatonalización. Así, de hecho, ha ocurrido ya que el convenio entre Junta y Ayuntamiento se ha firmado e, incluso, las obras se han licitado y esperan su pronta adjudicación.

Aunque el recurso continuará su marcha, Casco Histórico -colectivo que abandera en La Isla la lucha antitranvía- ha perdido una gran oportunidad para frenar la puesta en marcha de este medio de transporte, como de hecho pretendía con el recurso.

El Juzgado de lo Contencioso número tres de Cádiz ha rechazado la adopción de esta medida cautelar porque entiende que la suspensión de los trámites procedimentales que se solicita por la asociación de vecinos "no resulta vinculada al objeto del proceso", que es la vulneración de los derechos fundamentales por la resolución de Alcaldía contra la consulta popular impugnada.

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