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Provincia de Cádiz

Delfín Gómez será indemnizado por su despido como gerente de Serecop

  • El Juzgado de lo Social dictamina que su cese es improcedente a pesar de que lo considera "responsable en parte" de las irregularidades que se detectaron en la gestión de la empresa municipal

El Ayuntamiento deberá indemnizar al ex gerente de Serecop, Delfín Gómez, con 46.369,50 euros, por su despido de la empresa municipal. Así lo ha dictaminado la sala número 2 del Juzgado de lo Social de Jerez tras la denuncia que Gómez presentó contra la sociedad municipal por su cese, decretado el pasado 25 de octubre.

Ese día, el consejo de administración de Serecop acordó la rescisión del contrato sin ningún tipo de indemnización al considerar que no procedía dado que se le hacía responsable de las irregularidades detectadas por el Tribunal de Cuentas del Reino en el informe que realizó sobre la sociedad municipal entre 1995 y 2000. Delfín Gómez presentó entonces una demanda contra Serecop en la que exigía la nulidad de su despido ya que, a su juicio, se habían vulnerado su derecho al honor, la dignidad personal, profesional y moral. Reclamaba, además, una indemnización de 121.898,09 euros. El fallo de la sala fue dado a conocer ayer por el Ayuntamiento a través de un comunicado (no facilitó la sentencia).

Para empezar, el ex gerente exigía su readmisión en la empresa municipal. El Juzgado rechaza esta petición por entender que hay "justificación más que razonable" para no hacerlo, basándose fundamentalmente en las irregularidades detectadas por el Tribunal de Cuentas.

Otro de los argumentos esgrimidos por Delfín Gómez era que no tenía un contrato de alta dirección con la empresa municipal; en cambio el Ayuntamiento sostenía que sí. La resolución de esta controversia es una de las claves de la sentencia ya que determina el procedimiento y la cuantía de la indemnización. Los contratos de alta dirección son más flexibles en los despidos que los laborales, además de tener una indemnización económica menor. El Juzgado de lo Social considera probado que Gómez tenía un contrato de alta dirección dada sus atribuciones, responsabilidades y salario. Por tanto, estima que la indemnización que le corresponde es la que fija la normativa laboral para los contratos de este tipo, o sea, siete días por año trabajado.

Otro de los aspectos importantes de la sentencia es que señala a Delfín Gómez como "responsable en parte" de las irregularidades detectadas en Serecop. Para el Tribunal, y según apunta el comunicado de prensa municipal, el ex gerente "ostenta indiciariamente y cuando poco parte de responsabilidad en las contundentes conclusiones del Tribunal de Cuentas, que plasma un nefasto funcionamiento de la entidad". Se escuda el magistrado para refrendarlo en que el propio Gómez reconoció durante la celebración del juicio oral que "conocía las prescripciones de deuda tributaria, y en una cantidad más que considerable, que se producía en la práctica, sin que aparentemente adoptara medida alguna". No obstante, el Juzgado de lo Social entiende que toda la responsabilidad no puede recaer en él "de un modo exclusivo y concluyente" ya que el consejo de administración debía, al menos, intuirlas a juicio del Juzgado.

Es más, apunta que no está acreditado que haya "una mala gestión dolosa o gravemente imprudente achacable enteramente" a Gómez aunque sí puede haberse producido una "pérdida de confianza" hacia el gerente por las irregularidades detectadas. Por ello, el magistrado entiende que el despido debe ser calificado como improcedente y debe ser indemnizado. El Ayuntamiento anunció ayer que se plantea recurrir la sentencia. Mientras tanto, este medio trató de contactar sin éxito con Delfín Gómez.

La demanda del ex gerente de Serecop es la primera que se ha resuelto de los despedidos en las empresas municipales. Quedan pendientes por resolverse las presentadas por José Gijón (Impulsa) y Luis Márquez (Suvipuerto). Ambos fueron despedidos por los respectivos consejos de administración en las mismas condiciones que Gómez: alegándose las irregularidades detectadas por el Tribunal de Cuentas y sin ningún tipo de indemnización económica.

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