Provincia de Cádiz

La Audiencia absuelve a 9 de los 23 acusados del clan de Follarranas

  • El Tribunal dice que hubo errores al identificar a dos y ve dudas en los otros siete

De los 23 vecinos de Conil que se sentaron en el banquillo en la Audiencia Provincial a finales de enero, para ser juzgados por su presunta pertenencia a la organización de traficantes de hachís denominada el clan de Follarranas, dos lo hicieron por error.

Así lo considera la Sección Tercera de la Audiencia que, en su fallo, recoge que sus identificaciones por parte de agentes de la Guardia Civil, como integrantes de la red, "se han revelado claramente erróneas". Uno es el vecino que fue defendido en el juicio por el concejal de Fiestas de Conil y por el párroco de la localidad, que declararon que con su detención les dijo un confidente que se había cometido un error. El otro, tenía coartada: dos personas declararon que estaban con él por lo que no podía estar ante la casa de otro de los implicados, como sostenía la Guardia Civil. Además, en el fallo se dice que su voz "no tiene parecido con la que se le atribuye en las escuchas".

La Audiencia ha determinado para estos dos la libre absolución, así como también para otros siete acusados, pero por otro motivo: considera que hay dudas en su identificación. Dudas que tienen su origen en las circunstancias en que fueron identificados por la Benemérita junto a un piso de uno de los presuntos narcos, "una zona con luz escasa, cenital". Además, agrega la sentencia, "vestían ropa oscura y su exposición a la vista de los vigilantes fue fugaz siendo difícil su plena identificación".

De los siete ahora absueltos, uno de ellos, el defendido por el cura, ha estado dos años en prisión por esta causa. Los otros seis, han estado encarcelados entre un año, el que más, y 4 meses, el que menos.

La Audiencia sí ha condenado a los 14 restantes acusados. Y de entre ellos, a dos, los jefes del clan (aunque hay otros dos que no han sido juzgados , uno, por estar pendiente su extradición de Marruecos, y el otro, por no haber sido bien identificado), a las penas máximas. El peor parado sale Sebastián F.B., alias Chano, con nueve años de cárcel por tres delitos: contra la salud pública, receptación y atentado (al intentar arrollar a agentes cuando huía antes de ser capturado). Siete años le caen a Follarranas, Pedro H.B., por tráfico de drogas y receptación. Para otros seis acusados, en un segundo nivel de la pirámide de la red, hay penas más bajas por narcotráfico: cuatro años y nueve meses. A un séptimo acusado, por lo mismo, le rebajan la pena a dos años, por arrepentimiento y una disminución psíquica. Las condenas se completan con tres años y cuatro meses para otros seis acusados (entre ellos, familiares de Chano y del Follarranas, como madres, hermanos y novias) por blanqueo de capitales. A todos, por último, se les imponen multas, multimillonarias en el caso de los jefes: 4,1 millones de euros.

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