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Provincia de Cádiz

"Atropelló a su examiga en una calle de Jerez con ánimo de lesionarla, no de matarla"

  • Condenado a 4 años y medio de prisión un acusado para quien la Fiscalía pidió 14 años y medio

La Audiencia Provincial de Cádiz ha considerado probado que J.C.P. atropelló a su examiga E. el 3 de mayo de 2011 en la cuesta de San Telmo, en Jerez, pero ha rechazado que lo hiciese con intención de matarla. La Fiscalía solicitó 14 años y 6 meses de prisión para el procesado por intento de asesinato y otros delitos. Pero el tribunal, de la Sección Tercera, ha condenado al acusado por un delito de lesiones y otro de amenazas a cuatro años y seis meses de cárcel.

"En el presente caso, entendemos que el ánimo que tenía el procesado al atropellar a E. era el de lesionarla pero no el de matarla", explica la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Ana María Rubio.

El acusado negó que fuese él la persona que conducía el automóvil que llegó a golpear y a hacer caer a la mujer, que sufrió lesiones de las que tardó en curar 45 días. Pero el tribunal estima que no hay duda alguna de que el procesado estaba al volante de ese coche.

Los hechos sucedieron hacia las once y media de la mañana. La sentencia explica que previamente, J.C. mantuvo una relación de amistad de aproximadamente un año con E. y que quedó rota en 2009, pero que el acusado no aceptaba ese final. En varias ocasiones, tras la ruptura, el hombre se dirigió a E. y le dijo que la tenía que matar; también le insinuaba que su hija menor podría sufrir algún daño y le exigía el pago de una cantidad de dinero que le había prestado, señala el tribunal.

La mañana del 3 de mayo del año pasado, agrega la sentencia, J.C. conducía su automóvil por la cuesta de san Telmo y vio a E., que caminaba a la altura de un puente. Entonces, relata, la abordó por la espalda con el coche y le dio un golpe que le hizo caer al suelo. A continuación, añade, el procesado dio marcha atrás con el vehículo y de luego hacia adelante con intención de atropellar de nuevo a la mujer.

Pero no lo consiguió, señala la resolución, porque ella se agarró a la barandilla del puente, se incorporó y corrió hasta refugiarse en una oficina que había por allí cerca. El procesado optó entonces por irse, dice el tribunal.

La sentencia explica que el procesado y la víctima eran compañeros de trabajo. Y que él mantenía en la fecha del atropello una relación con otra mujer. Precisamente con esa mujer tuvo el acusado un incidente el mismo día del atropello que derivó en un procedimiento penal y en una condena. J.C. fue condenado por amenazas, coacciones, malos tratos y por dañar el coche de su entonces novia.

La Fiscalía planteó que hubo un intento de asesinato. Que el procesado trató de matar a la víctima del atropello y que lo prueba el hecho de que diese marcha atrás a su coche tras el primer impacto e intentase alcanzarla de nuevo, cuando ella estaba en el suelo y herida.

Es cierto que cuando dio marcha atrás para arremeter de nuevo, el procesado dijo "te tengo que matar", argumenta la sentencia. "Sin embargo", agrega el tribunal, "entendemos que ésta no era la intención del procesado o al menos se nos ofrecen dudas de que así sea y por eso consideramos probado sólo el ánimo de lesionar". En las fotos del lugar, añade, había espacio suficiente y sin obstáculos entre el lugar del impacto y el lugar en el que la víctima se refugió. Si hubiese querido, razona, la hubiese atropellado con consecuencias fatales.

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