Provincia de Cádiz

Absuelto el acusado de la Semilla pese a ser válido el registro de su vivienda

  • La Audiencia estima que no hay pruebas de que la cocaína hallada en la casa, en Sanlúcar, no fuese para autoconsumo

La Audiencia Provincial de Cádiz no anuló el registro de la vivienda del vecino de Sanlúcar J., procesado de la Operación Semilla, al aplicar el nuevo criterio establecido por el Tribunal Supremo pero lo ha absuelto. El tribunal que juzgó al acusado el pasado 21 de enero considera que no está probado que la cocaína y el hachís hallados en la vivienda de J. tuviesen como destino la venta. Y que no es descartable que la droga, debido a la escasa cantidad, fuese para autoconsumo, tal como aseguró el procesado.

El acusado fue señalado por el arrepentido Z. como vendedor de cocaína y fue detenido en enero de 2001 en Sanlúcar en el marco de la polémica Operación Semilla, lanzada desde El Puerto por el magistrado Miguel Ángel López Marchena, que detuvo a numerosas personas en diferentes municipios de la Bahía de Cádiz. En el registro de la vivienda del procesado, la Policía halló 9,8 gramos de cocaína y 260 gramos de hachís.

El tribunal hubiese anulado el registro de la vivienda al considerar, como ya ocurrió en otros casos anteriores de la Operación Semilla, que el auto que autorizó esa medida no estaba suficientemente motivado. También al estimar que el juez instructor invadió irregularmente, al actuar en Sanlúcar, territorio que no estaba bajo su jurisdicción, ya que los investigados no pertenecían a una misma organización.

El Supremo echó atrás el pasado noviembre una sentencia de la Operación Semilla en la que la Audiencia Provincial de Cádiz absolvió a dos vecinos de Sanlúcar precisamente al estimar nulos los registros domiciliarios e irregular la intromisión del juez en Sanlúcar. La resolución del Supremo argumentó, en contra de lo razonado por la Audiencia y por otras sentencias anteriores del propio Tribunal Supremo, que la autorización para los registros quedaba sostenida por la declaración del traficante arrepentido Z., quien señaló a los dos procesados como vendedores de cocaína. Al tiempo, el Supremo anotó que el asunto de la intromisión irregular del juez en otro partido judicial ya había quedado solventada, en el caso de la Operación Semilla, cuando la Audiencia de Cádiz dividió ese procedimiento en varias causas y ordenó al juez que las remitiese a los Juzgados correspondientes.

La Operación Semilla suma ya 33 procesados en distintos juicios en los que han sido absueltos 27 debido a irregularidades en la instrucción y, caso del ahora exculpado, por una detención con una escasa cantidad de droga y sin otros indicios o pruebas que indiquen que estaba destinada a la venta y no al autoconsumo.

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