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David / Almorza

Opinión indebida

LA resolución del Comité de Competición nos ha enseñado que las cosas pueden ser que sí, que no o que indebida. Cuando las cosas son indebidas quiere decir que si no parecen bien se puede protestar ante cualquier instancia, pero que no van a cambiar en nada. En un día de verano con levante en calma, se puede decir que hace un calor indebido. Es decir, no debería hacer tanto calor, y se puede protestar lo que se quiera pero no dejará de hacer el mismo calor.

En mi opinión la resolución del Comité de Competición no es de recibo. Se trata ésta de una Opinión Indebida, porque el Comité puede reclamar donde quiera pero no voy a cambiar de opinión.

En la resolución, el fundamento de derecho número cuatro, me parece que no cumple la normativa. El Cádiz no pedía justicia (para eso a lo mejor no hacía falta recurrir), sino que pedía que se cumpliera la normativa de los plazos. Es como los niños que no les piden a los Reyes Magos que les traigan regalos según lo que se hayan merecido por su comportamiento durante el año, sino que quieren juguetes, y que sean muchos.

Peor me parece el fundamento de derecho número cinco, en el que el Comité responde haciendo preguntas. Lo que se espera del Comité es que aplique la normativa (y en mi opinión no lo ha hecho), y que dé respuestas a las demandas que se presentan (no que se haga preguntas a su vez).

Lo que espero es que el Comité de Competición no haya hecho una Resolución Indebida, sino que el Comité de Apelación sí que pueda cambiarla. Este jueves hay convocada una concentración a las 20:00 horas en el Carranza. Allí estaré. Apelación y victoria.

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