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juicio por la venta de los suelos de Mercasevilla

Las defensas cargan contra la instrucción de la juez Alaya

  • El ex portavoz de IU Antonio Rodrigo Torrijos alega que la causa es "cosa juzgada" porque otro juez ya la investigó y archivó. Mellet critica la "ausencia de imparcialidad" de Alaya, que "debió abstenerse" de la instrucción por el trabajo de su marido.

Torrijos, en los juzgados, con la juez Mercedes Alaya de fondo en el coche.

Torrijos, en los juzgados, con la juez Mercedes Alaya de fondo en el coche. / Juan Carlos Vázquez

Primera sesión del juicio por las supuestas irregularidades en la venta de los suelos de Mercasevilla y las defensas cargan contra la instrucción realizada en su día por la juez Mercedes Alaya, a la que unos reprochan que asumiera una investigación que ya había analizado y archivado otro juzgado, mientras que otros critican su presunta parcialidad por no haberse abstenido por el hecho de que su marido, Jorge Castro, había auditado las cuentas del mercado mayorista. Las defensas de los diez acusados se adhirieron a las cuestiones previas planteadas por varias defensas, que plantearon que no haya juicio o la nulidad de determinadas actuaciones.

La abogada del ex portavoz municipal de IU Antonio Rodrigo Torrijos planteó precisamente que este juicio es "cosa juzgada", porque otro juzgado ya investigó una denuncia por los mismos hechos que fue archivada y esta decisión fue confirmada por la Audiencia de Sevilla.

La abogada Encarnación Molino, que defiende a Torrijos, expueso que otros dos órganos judiciales investigaron antes que la juez Mercedes Alaya el concurso público para la venta de los suelos y archivaron la causa al no advertir ilegalidad ni ningún daño para el interés público.

La letrada señaló que el 29 de mayo de 2007, dos años antes que Alaya, el juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla incoó unas diligencias previas a raíz de la denuncia presentada por la empresa Larena 98, adjudicataria de un derecho de superficie en Mercasevilla, que tenía por objeto investigar si la lonja podría haber favorecido a la empresa Sanma en el concurso público, llegando a solicitarse el expediente administrativo completo, así como las bases del concurso y los criterios seguidos para la adjudicación.

La letrada insistió en que esos hechos son los mismos que este martes comenzaron a ser enjuiciados y recordó que la Fiscalía solicitó el archivo de aquella denuncia, una decisión que fue confirmada por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla el 26 de mayo de 2010, cuando el juzgado de Instrucción número 6 que dirigía Alaya ya había comenzado su investigación. "Unos mismos hechos sólo pueden ser juzgados en un mismo procedimiento y por un mismo juzgado", sentenció la letrada, que considera que se ha producido una vulneración del principio de legalidad y del non bis in ídem, que prohíbe que un mismo hecho sea enjuiciado dos veces, así como del derecho a la tutela judicial efectiva y de la "intangibilidad de las resoluciones firmes".

Encarnación Molino explicó que en agosto de 2009 la juez Alaya hizo una "consulta previa" al decanato de los juzgados sobre su competencia para investigar estos hechos, lo que "ya pone de manifiesto que los hechos eran los mismos" y el juez decano -entonces Federico Jiménez- "no apreció conocimiento previo" por parte del juzgado de Instrucción número 10. Sin embargo, la defensa entiende que con este juicio se está "modificando tanto la competencia del juzgado como el contenido de la resolución, por lo que no cabe iniciar un procedimiento judicial paralelo", aclaró la letrada, que también alegó la prescripción del delito societario que le atribuye la asociación de mayoristas, personada como acusación particular.

La labor de Mercedes Alaya en la instrucción también fue cuestionada por la defensa del ex director general de Mercasevilla Fernando Mellet, que criticó la "ausencia de imparcialidad" de esta juez, ya que, a juicio del abogado José Manuel Carrión, la magistrada se debió de "haber abstenido" de la investigación porque su marido había sido auditor de Mercasevilla y Mellet "tuvo que despedirlo por las graves irregularidades" relacionadas con la crisis que tenía la empresa. El letrado recordó que Alaya fue recusada, con el apoyo de la Fiscalía, pero la Audiencia de Sevilla rechazó dicha recusación al considerar que no había motivos para la misma.

La defensa de Mellet destacó que esa ausencia de imparcialidad "ha dado lugar a interpretaciones extensivas del concepto de funcionario público" en la persona del ex director general de Mercasevilla, si bien Carrión reiteró que el mercado mayorista "no es administración pública" porque se trata de una entidad "meramente mercantil" y, por tanto, la jurisdicción penal es "incompetente" para conocer estos hechos que esta defensa entiende que sólo corresponde resolver a la jurisdicción civil.

Mellet, prosiguió su letrado, lleva "ocho años sufriendo" por esa interpretación extensiva, pero "si no existe función pública, el señor Mellet no es funcionario y nunca podría ser objeto de acusación por un delito de prevaricación".

La defensa del ex director general también puso de manifiesto las "dilaciones indebidas" del procedimiento, por cuanto la investigación se inició el 18 de septiembre de 2009 y han transcurrido siete años y cuatro meses hasta la celebración del juicio.

El letrado Miguel Villegas, que defiende al ex concejal del PSOE Gonzalo Crespo, criticó que la juez Alaya "aprovechó" que una de las partes había solicitado que el ex edil declarara como testigo para imputarlo en la causa. Villegas dijo que si aquella imputación ya fue "sorprendente", que Crespo siga en este procedimiento es "sorprendente, doloroso e indignante". Esta defensa considera que la Fiscalía no ha concretado los hechos que se le reprochan a Gonzalo Crespo y añade que en los 15.000 folios que tiene el sumario sólo existe "una referencia y de rondón" al ex concejal socialista.

Por su parte, uno de los acusados, el ex asesor jurídico de Mercasevilla Jorge Piñero, que se defiende a sí mismo en el juicio, insistió en que existe "cosa juzgada" por la "duplicidad de procedimientos" que se han dado en relación con estos hechos, una duplicidad que está "radicalmente prohibida" por la ley. Piñero ha advertido de la posibilidad de llegar a resoluciones contradictorias como ha constatado la jurisprudencia, y ha subrayado el "grave error" del juez decano de Sevilla al "interpretar que no son los mismos hechos" cuando la juez Alaya le realizó la consulta.

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