Crisis en Cataluña

Puigdemont choca otra vez con el TC

  • El Constitucional cierra la puerta a la investidura a distancia al admitir a trámite el recurso del Gobierno

  • El Supremo ratifica los procesamientos de 23 investigados

El Tribunal Constitucional (TC) cerró de nuevo la puerta a una investidura a distancia del ex presidente catalán Carles Puigdemont al admitir a trámite el recurso interpuesto por el Gobierno central en un Consejo de Ministros extraordinario contra la Ley de Presidencia del Parlament.

La decisión de admitir a trámite el recurso, que fue adoptada por unanimidad por el pleno del TC, determina de modo automático la suspensión provisional de la norma recurrida .

El instructor en el TS dice que Montoro no ha desmentido que el 1-O hubiera malversación

Llueve sobre mojado, pues el Alto Tribunal ya alcanzó el pasado 28 de enero un acuerdo para impedir que Puigdemont fuera investido de forma telemática o por delegación, exigiendo la presencia física del candidato de JxCat en la Cámara, previa autorización del juez Pablo Llarena.

El Parlament reformó hace días la Ley de Presidencia para poder investir a distancia a Puigdemont, que huyó a Bélgica, fue procesado por el Tribunal Supremo y, actualmente, espera en Alemania a que se decida si es o no entregado a España.

"Es una gran noticia la decisión del Tribunal Constitucional que establece que para ser elegido presidente de una Comunidad Autónoma hay que acudir al Parlamento. Puro sentido común", escribió el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en su cuenta de Twitter.

La tormenta judicial sobre el procés se completó ayer en el Tribunal Supremo (TS), donde el juez Pablo Llarena rechazaba los recursos de reforma de Puigdemont y otros 22 investigados, de forma que confirmaba su procesamiento en la causa.

En un auto, el magistrado desestimó los 23 recursos presentados -solo los ex consellers huidos Antoni Comín y Meritxel Serret rehusaron recurrir- contra el auto de procesamiento que él mismo dicto el pasado 21 de marzo por delitos de rebelión, malversación y desobediencia, por lo que ahora las defensas disponen de cinco días para recurrir ante la Sala de Apelaciones del alto tribunal.

Llarena reafirma en el auto que concurre el requisito de violencia en el delito de rebelión y que los datos de Hacienda no sólo no contradicen sino que coinciden, al apreciar algunos indicios de fraude, con su investigación sobre el delito de malversación.

Al respecto, el juez destaca que los investigados han silenciado parte de las manifestaciones del ministro Cristóbal Montoro sobre los gastos del 1-O, ya que éstas eran más matizadas de lo que ellos defendieron, y de hecho apuntaron a "la posibilidad material de que pueda existir una mecánica de fraude oculta y no confirmada".

Sobre la violencia, considera que la misma no se muestra como un resultado imprevisto en la movilización impulsada por los investigados, sino que fue "conscientemente asumida y buscada para la ejecución de estos hechos, de suerte que el dolo eventual que apuntan los recursos, sólo se muestra como la inferencia subordinada a la concurrencia de un dolo directo".

El magistrado destaca que la insurrección en la que se insertó esta movilización con expresiones de violencia fue de tal envergadura que dos días después de la votación y de que se impulsaran nuevas movilizaciones con cortes de carreteras, el Rey dirigió un mensaje a la Nación y reclamó al Govern y a los funcionarios que respetaran el orden constitucional.

Como consecuencia del quebranto del ordenamiento jurídico, el juez recuerda que cerca de 3000 empresas (con un volumen de facturación de 44.000 millones de euros), cambiaron su domicilio a lugares fuera de Cataluña.

Respecto a la "inviolabilidad parlamentaria" esgrimida por los miembros de la Mesa del Parlament contra su procesamiento por desobediencia, el magistrado contesta que la misma no protege a quien convierte la sede de representación ciudadana "en un mero instrumento para facilitar la ejecución de una actuación delictiva" ideada desde fuera de la actividad parlamentaria.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios