Economía

Nuevo varapalo del Constitucional al Gobierno por las ayudas a parados

  • Falla que son las autonomías las que han de gestionar la paga de 426 euros a desempleados

Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid. / Archivo

La anulación por parte del Tribunal Constitucional (TC) de la gestión estatal de la ayuda económica de 426 euros incluida en el Programa de Activación para el Empleo (PAE) es el segundo varapalo que recibe el Estado respecto a este tipo de prestaciones que están en proceso de fusión y redefinición.

Al igual que ocurrió con el plan Prepara el pasado verano, el Constitucional ha vuelto a dar la razón parcialmente al Gobierno vasco, al anular el decreto que regula el PAE en los aspectos que tienen que ver con el ámbito competencial, de forma que -sin suspender la prestación- establece que su gestión corresponde a las autonomías en lugar de al Estado.

Como en el PAE, los parados de larga duración acogidos al Prepara tienen derecho a una prestación de hasta 450 euros mensuales, que el Constitucional entiende que han de tramitar los Gobiernos autonómicos.

A raíz de la sentencia sobre el Prepara en julio, el Ministerio de Empleo se puso a trabajar con los interlocutores sociales (patronal y sindicatos) en la mesa del plan de choque para el empleo para revisar y unificar las distintas prestaciones existentes para desempleados de larga duración: Prepara, PAE y renta activa de inserción (RAI).

El Gobierno quiere tener listo para mayo un modelo que simplifique los distintos programas, para darles coherencia, adecuarlos al marco competencial y a la doctrina del Constitucional, y mejorar la eficacia de la cobertura existente.

El PAE nació en 2014 en La Moncloa, fruto de un acuerdo entre el Gobierno y los agentes sociales y su última prórroga finaliza el próximo mes de abril.

El año pasado, el Congreso de los Diputados aprobó la prórroga y modificación del PAE para facilitar el acceso a un mayor número de desempleados, en torno a 210.000 personas más, según aseguró la ministra de Empleo, Fátima Báñez.

Entre otras cosas se redujo de 6 a 1 mes el plazo para solicitarlo tras haber agotado otras prestaciones, al tiempo que acortó de 360 a 270 días el plazo de inscripción como demandante de empleo, dentro de los 18 meses anteriores a la solicitud de incorporación.

En el caso del Prepara, la sentencia del Constitucional tuvo lugar justo en un momento en el que el plan había dejado de prorrogarse de forma automática al bajar el nivel de paro del 18 %. Por ello, fue necesaria una autorización expresa de todas las comunidades autónomas para aprobar una última prórroga extraordinaria y que la ayuda no se suspendiera mientras se estudia el modo de fusionar todos los programas para que sean más efectivos y no generen discrepancias competenciales.

El Prepara nació en 2011 bajo el nombre de Prodi y los requisitos para poder solicitarlo son llevar inscrito como demandante de empleo al menos 12 de los últimos 18 meses y carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional.

Desde su puesta en marcha, con doce prórrogas, casi un millón de parados (952.000) han sido beneficiarios del Prepara.

La renta activa de inserción (RAI) es una prestación de 426 euros para parados de larga duración mayores de 45 años.

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