Cádiz CF

Nuevo paso de Sinergy

  • El juez decreta que siga adelante la ejecución de la sentencia provisional para la restitución a la mercantil de más de 67.000 acciones subastadas por Antonio Muñoz

Enrique Rodríguez Zarza (d) y Alessando Gaucci, durante una reciente visita a Cádiz.

Enrique Rodríguez Zarza (d) y Alessando Gaucci, durante una reciente visita a Cádiz. / joaquín hernández kiki

La batalla por la propiedad de las acciones del Cádiz continúa abierta en los tribunales. Y lo que queda. El último paso conocido es que el magistrado del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Cádiz, Pedro Sánchez, ha declarado procedente seguir adelante con la devolución a Sinergy de las acciones que Antonio Muñoz había vendido en su día a esa sociedad, en ejecución de la sentencia provisional por la que quedaba anulada la subasta de las acciones por parte del empresario -el 3 de diciembre de 2013- que había supuesto la irrupción de Locos por el Balón.

La nueva resolución judicial significa en principio, si no se producen nuevos giros, que las acciones que pertenecían a Sinergy antes de la subasta deben ser inscritas en los términos reflejados por una sentencia del 18 de mayo de 2017, que entonces ordenó, por un lado, la ejecución provisional de la sentencia del 4 de julio de 2016 que declaró nula la subasta notarial efectuada en diciembre de 2013, y por otro instaba a quien corresponda a que procediese a restituir ya la propiedad de esos títulos a Sinergy.

El Cádiz no es parte en el pleito que mantienen Sinergy y Muñoz aunque sí se vería afectado si es obligado a inscribir las acciones a nombre de Sinergy. Si así fuese, a Sinergy le correspondería un porcentaje del accionariado del club que no llegaría al tres por ciento a día de hoy después de las dos ampliaciones de capital acometidas ya con Locos por el Balón al mando de la entidad. Ya no sería duelo del paquete mayoritario.

En un auto con fecha del pasado 27 de marzo, el juez tumba el recurso de oposición a la ejecucicón de la sentencia provisional que había presentado Antonio Muñoz. La entidad cadista, por su parte, había presentado un escrito en relación al requerimiento que había recibido para la restitución de las acciones. La ejecución de la sentencia había quedado en suspensión pero ahora vuelve a cobrar impulso tras al decreto judicial que atiende la impugnación presentada por Sinergy contra la oposición a la sentencia dictada en mayo de 2017.

El juez le da la razón y decreta que debe reintegrarse a la mercantil 67.813 acciones, concretamente las acciones número 4.895 al 4.944; de las acciones número 7.115 a 16.938; de la 22.939 a 23.326; y de la número 38.364 a la 51.583; y finalmente de las acciones 111.995 a 120.328; y las acciones número 70.077 a la 70.706; de las acciones número 62.140 a la 64.139; las acciones número 80.627 a la 111.994 y de la número 16.939 a la 18.938.

El magistrado tumba una a una las alegaciones de Muñoz. Una de ellas es que Sinergy no acredita debidamente su representación y que además se encuentra en liquidación. El juez rechaza esas afirmaciones "pues por la actora se aporta escritura notarial de poder otorgada por G. de Bono en representación de la actora a favor de la procuradora, sin que conste que el mismo haya sido revocado. Y por parte de la ejecutada se aportan tres documentos en idioma inglés, no traducidos al castellano, por lo que carecen de virtualidad probatoria".

El demandado se oponía a la ejecución provisional de la sentencia al considerar que ésta era meramente declarativa, pero el juez no comparte ese razonamiento, "pues si bien es cierto que la sentencia acuerda la declaración de nulidad de la subasta notarial de fecha 3 de diciembre de 2013, celebrada en la Notaría de D. Carlos A. Cabrera Barbosa en la que se subastaron las acciones vendidas en el contrato de fecha 28 de agosto de 2012, no es menos cierto que la declaración de nulidad de un negocio jurídico comporta necesariamente la restitución de la situación al estado inmediatamente anterior existente a la celebración de dicho negocio jurídico. Es por ello que con la presente ejecución provisional se pretende que revierta la situación a la existente en el momento anterior a la celebración de la citada subasta, debiendo, en consecuencia, restituirse a la parte ejecutante las acciones que fueron objeto de la citada subasta".

El magistrado rechaza otro argumento más del demandado, que alude a que si la sentencia fuere de condena no dineraria, resultara imposible o de extrema dificultad restaurar la situación anterior a la ejecución provisional o compensar económicamente al ejecutado. Muñoz expone que si el tribunal estimare que, de revocarse la sentencia, sería imposible o de extrema dificultad restaurar la situación anterior a la ejecución provisional o garantizar el resarcimiento mediante la caución que el solicitante se mostrase dispuesto a prestar, dictará auto dejando en suspenso la ejecución.

Pero el juez explica que la parte demandada "no fundamenta por qué ha de entenderse de imposible o de extrema dificultad restaurar la situación anterior a la ejecución provisional; pues tan solo se trata de restituir unas acciones a la parte ejecutante, que de ser revocada la sentencia, la ejecutante deberá nuevamente revertir a los demandados. De ahí que tal motivo deba ser igualmente rechazado".

El juez impone las costas a la parte demandada en una resolución contra la que no cabe recurso ordinario.La reacción de Sinergy no se hizo esperar. Su representante legal, Enrique Rodríguez Zarza, perteneciente al bufete Agaz Abogados, va a reclamar la inmediata ejecución de la sentencia y por tanto la restitución de las acciones a Sinergy por parte del Cádiz. "Si no se cumple la sentencia, el Consejo de Administración del Cádiz podría incurrir en un delito de desobediencia y habría que recurrir a la vía penal", señaló ayer a este periódico el abogado de una sociedad cuya única actividad se centra en la recuperación de sus accciones en el club. Zarza anunció además su intención de presentar una demanda para pedir la nulidad de los acuerdos adoptados en las juntas de accionistas del Cádiz sobre la reducción y ampliación de capital -el 30 de diciembre de 2015- y una segunda ampliación de capital -el 19 de mayo de 2017-.

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