Jueves Santo Horarios, itinerarios y recorridos del Jueves Santo y Madrugada en la Semana Santa de Cádiz 2024

Cádiz

Las acusaciones particulares fueron innecesarias, afirma el magistrado

  • "Su intervención en el proceso no ha proporcionado prueba alguna relevante "

El magistrado Manuel Estrella afirma en la sentencia que la intervención de las acusaciones particulares en el proceso fue innecesaria y que no proporcionó prueba alguna relevante ni calificación jurídica distinta a la del Ministerio Fiscal. Esa consideración, un auténtico varapalo a los representantes en el juicio de las hijas de la víctima, aparece como argumentación en el apartado de la sentencia en el que el juez excluye, al imponer las costas del proceso al acusado, las devengadas por las acusaciones particulares. Es "una carga que no debe soportar" Díaz Cosa "al ser su intervención innecesaria para la pretensión final", razona el magistrado.

La anotación del magistrado no es baladí. La escribe en la sentencia de un caso en que el juicio se ha repetido, seis años después de que los procesados fuesen absueltos, debido a que el Tribunal Constitucional estimó que hubo indefensión de la familia de la víctima porque no estuvo como acusación particular en el primer juicio.

Las hijas de la víctima reconocieron hace unos días en la vista oral que renunciaron a ejercer la acusación particular un mes antes del juicio de 2002 pero culparon al magistrado de esa decisión. No a Manuel Estrella, sino a Manuel Marín, que fue quien presidió el tribunal del jurado en aquella ocasión. Tras un problema con su abogada y tras ser rechazada su petición de un abogado de oficio por la Comisión de Justicia Gratuita, Marín les dijo, afirmaron, que no podía retrasar el juicio.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios