Cádiz

El Obispado detecta varios intentos de matrimonios de conveniencia

  • El vicario general ha publicado una circular advirtiendo a los párrocos de esta práctica, que se ha localizado "en cuatro o cinco casos" con ciudadanos de Nigeria y también con indios

La Iglesia gaditana quiere poner freno al notable aumento de matrimonios de conveniencia que han detectado en los últimos meses. Para ello, el vicario general de la diócesis, Guillermo Domínguez Leonsegui, ha lanzado una circular a los párrocos en los que advierte de este problema y establece unos nuevos requisitos para aquellos casos en los que la pareja está conformada por al menos un extranjero no perteneciente a la Comunidad Europea.

El origen de esta circular parte de la Secretaría General de la Conferencia Episcopal Española, a través de las Nunciaturas Apostólicas en España y en Nigeria, que ha advertido del "alarmante número de nigerianos que contraían matrimonio en España, normalmente con españolas". En esta nota, la Conferencia Episcopal advierte de las "graves anomalías, incluso falsificaciones, que se han detectado en la documentación que se aporta".

Unas falsificaciones que también han sido detectadas en la diócesis de Cádiz y Ceuta, donde este hecho "está siendo llamativo", explica Domínguez Leonsegui. En los últimos meses, el Obispado se ha encontrado con "cuatro o cinco" casos de parejas que han aportado documentación falsa para contraer matrimonio eclesiástico. En todos ellos, el vicario general señala que uno de los contrayentes era de nacionalidad nigeriana. Pero también se han dado casos -sin especificar el número- con ciudadanos de origen indio.

Todo ello lleva al Obispado a estar convencidos de que se trata de una "trama", "de algo sin duda organizado" que está afectando a todo el país. De ahí que se quiera poner fin a estos casos de matrimonios de extranjeros no comunitarios. "No es una actuación contra los inmigrantes, en absoluto, con quienes la Iglesia trabaja todo lo que puede, sino contra la ilegalidad que se viene cometiendo, de la que no podemos ser colaboradores", señala Domínguez Leonsegui.

¿Y por qué han comenzado a utilizar esas supuestas tramas la vía eclesiástica para el matrimonio? En este punto coinciden sacerdotes y funcionarios de Justicia e incluso catedráticos de Derecho Eclesiástico consultados por este periódico: el matrimonio católico es más fácil de conseguir que el civil. Y una vez obtenido este sacramento, los trámites para que el extranjero consiga el permiso de residencia también son más ágiles.

Así lo entiende, por ejemplo, el propio vicario, que puntualiza que una boda en la Iglesia "tiene vigencia civil". La causa de esta facilidad estriba en el procedimiento que sigue la Iglesia y el Registro Civil para certificar un matrimonio.

En el segundo de los casos, según explica una funcionaria del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Cádiz, ya existe una instrucción (con fecha 31 de enero de 2006) que precisamente intenta controlar "especialmente" los matrimonios con contrayentes extranjeros. Para ello, se somete a la pareja a una audiencia reservada en la que el juez formula una serie de preguntas dirigidas a comprobar la veracidad de ese matrimonio.

Por contra, en la Iglesia el expediente es más sencillo, ya que se limita a una entrevista con el párroco y ante dos testigos -la tradicionalmente llamada toma de dichos- en las que las preguntas se realizan en un sentido canónico y a la posterior publicación de las amonestaciones, en las que se dan a conocer los próximos matrimonios que se celebrarán en la parroquia por si hubiera oposiciones a alguno de ellos.

Esta diferencia de procedimientos y el hecho de que en el Registro Civil ya exista una normativa específica para los casos de matrimonios extranjeros son los principales motivos que han provocado el aumento de fraudes en la Iglesia católica, detectados también en la diócesis.

Por ello, en la circular publicada por el vicario general se especifican los nuevos requisitos que deberán exigir los párrocos para los contrayentes no comunitarios. Entre ellos, se requiere el pasaporte vigente, el permiso de residencia y el certificado de empadronamiento; también los certificados auténticos de nacimiento y soltería y, en el caso de que el contrayente sea cristiano, el de bautismo. Junto a ello, la Iglesia ha dispuesto que una vez instruido el expediente por parte de la parroquia, se consulte al Obispado, que será quien autorice en última instancia la celebración de la boda católica, que hasta ese momento no tendrá fecha fijada.

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