Cádiz

Indemnización de 5.600 euros por dejar una "enorme cicatriz"

  • La paciente se quitó una mancha de nacimiento por estética obteniendo el resultado inverso

El juzgado de Primera Instancia de Cádiz ha condenado a un médico de la Clínica de La Salud, J.C.C., y a la aseguradora Agrupación Mutual a indemnizar con una cantidad de 5.662 euros a una paciente.

La denunciante acudió a la justicia tras ser intervenida quirúrgicamente el pasado 28 de junio de 2006 para una extirpación parcial de un nevus piloso congénito, una mancha de nacimiento o 'antojo', que presentaba en la pierna izquierda. Aunque el objetivo de la operación era mejorar su físico, como recoge la sentencia, "lejos de obtener el resultado pretendido, la desaparición de la mancha, se agravó su aspecto estético, al quedarle una enorme cicatriz".

El juez ha estimado parcialmente la demanda formulada por la paciente que solicitaba una cantidad de 12.339 euros por los daños causados.

La sentencia da la razón a la paciente en lo que se refiere a la diferenciación entre la medicina curativa y la medicina voluntaria. Así, se entiende que la intervención estaba enmarcada dentro del segundo tipo, que propicia una mayor garantía de lo que se persigue, la mejora estética, y que en este caso el cliente, se somete a la operación con ese objetivo ya que de otro modo no lo habría hecho.

También señala la sentencia que fue "deficiente" por parte del profesional el requisito de consentimiento informado.

A favor del médico, y motivo por el que la condena se limita a la indemnización marcada, se considera que la técnica utilizada fue la correcta pese a la falta de éxito, con lo que no hubo actividad negligente.

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