Cádiz

Cádiz 2000 readmitirá a una limpiadora de los módulos al declararse su despido como nulo

  • La sociedad municipal no recurrirá la sentencia tras cesar a la empleada por la remunicipalización

Cádiz 2000, que ha asumido tras la remunicipalización a las plantillas de los servicios de limpieza de la arena, socorrismo y salvamento, y mantenimiento de los módulos de las playas, va a readmitir a la limpiadora Rosa Huerta tras declarar su despido como nulo el Juzgado de lo Social número 2 de Cádiz. De esta manera, desde el Ayuntamiento se da este asunto como "zanjado" al decidir que no va a recurrir el dictamen judicial.

En la sentencia, se declara que el cese de la empleada que realizó la Sociedad Municipal de Fomento Cádiz 2000 el pasado 15 de septiembre fue un despido nulo de fija discontinua. Para ello, en los fundamentos de derecho se fija que trabajaba en la empresa a tiempo parcial con una jornada del 50%, tal y como figuraba en la Tesorería General de la Seguridad Social durante la primera quincena de septiembre, tiempo en la que formó parte de la empresa pública al entrar dentro de la subrogación inicial de la plantilla, además de mantener otra relación laboral con Acciona Facility Services, la anterior concesionaria de la limpieza de los módulos de las playas de Cádiz. Asimismo, se condena a la entidad al pago de una cantidad de 274,65 euros por los salarios que no percibió hasta el pasado 30 de septiembre, así como una indemnización de 626 euros por existir "un daño moral de recibir una carta de despido por realizar acción sindical a favor propio y de otras personas".

El equipo de Gobierno del Ayuntamiento afirmó que este dictamen "no se trata de ningún varapalo judicial" y justificó su actuación en este asunto al afirmar que "nosotros tenemos la responsabilidad de que la Administración no sea una entrada de puerta ancha. Tenemos la responsabilidad de que la municipalización no se convierta en una entrada por la puerta de atrás a la Administración Pública. Y así hemos actuado: con responsabilidad".

Con todo, y tras señalar que los técnicos "estimaban que existían algunas dudas en casos como el de la trabajadora", tras tener conocimiento de la sentencia ha decidido acatarla, por lo que "la trabajadora entra a formar parte de la plantilla".

En la sentencia, el magistrado considera en los fundamentos de derecho de la sentencia que "extinguir el contrato a quien tuvo actividad sindical reivindicativa frente a Cádiz 2000, manteniendo a otras dos correturnos, estando las tres en el mismo listado a subrogar, es indicio, sin que haya una prueba clara de una justificación suficiente, por lo que se vulneró su libertad sindical".

Asimismo, otro aspecto importante para respaldar la subrogación de esta empleada se sustenta en que ésta no se debe hacer por convenio, sino por lo que marca el artículo 44 del Estatuto de los trabajadores.

En relación con la remunicipalización, anteriormente el Juzgado de lo Social número 3 de Cádiz ya desestimó una demanda del antiguo comité de empresa de la limpieza y mantenimiento de los módulos de playas que reclamaba la nulidad de la revocación que se produjo el pasado verano.

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