Desayuno coloquio Grupo Joly- Normativa

Aspectos de la Ley de Cohesión, en conflicto

Antonio Aguado, vicepresidente del Consejo Andaluz de Colegios de Médicos y presidente del colegio onubense, expuso la visión de los profesionales andaluces. En su opinión, "no se puede seleccionar únicamente por criterios económicos" y aludió a la obligación de las administraciones públicas de consensuar con la profesión médica decisiones en lo relativo al medicamento.

Por su parte, José Miguel Fatás, abogado socio de Uría Menéndez y ex abogado del Estado, hizo una lectura jurídica de la medida en la que destacó que el objetivo de reducción del gasto farmacéutico es legítimo, pero dudó que dicho fin justifique las medidas planteadas. En su opinión, la decisión del tratamiento "se está desplazando del médico al Servicio Andaluz de Salud y es así no por razones médicas sino económicas. "El concurso determina qué medicamento se prescribirá de carácter general. Lo que está en juego es el derecho a la salud y el derecho a la igualdad", apuntó. En su opinión, la Ley de Cohesión establece que la prestación de servicios a los usuarios se realizará en condiciones de igualdad efectiva y de calidad. La prestación farmacéutica está regulada en esa Ley de Cohesión y establece unos mínimos y la Ley de Farmacia Andaluza debería regular la administración de medicamentos de forma adecuada a sus necesidades clínicas en las dosis precisas según sus requerimientos individuales. "Las Comunidades Autónomas deben mejorar la prestación farmacéutica, no empeorarla. Un medicamento incluido en la prestación farmacéutica debe poder ser prescrito por un médico con absoluta libertad si considera que es el más adecuado y hacerlo conforme a la evidencia disponible; y esto no puede ser interferido por una decisión económica del Servicio Andaluz de Salud", explicó.

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