La Junta de Jueces del Palacio de Justicia de Chiclana aprobó en la reunión celebrada el pasado día 3 de diciembre la suspensión de oficio de los procedimientos de ejecución hipotecaria, una medida que desde dicho órgano judicial se justifica ante las numerosas reclamaciones presentadas en esta línea por parte de miembros de la Asociación de Afectados por la Hipoteca y al entender los jueces que existen dudas en la actualidad en relación con la compatibilidad del procedimiento de ejecución hipotecario español con la normativa europea, concretamente con la directiva europea 93/13 sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores y usuarios.
En este sentido, desde la citada Junta de Jueces se aclara que esta medida, que supone en la práctica la paralización de los procedimientos de ejecución hipotecaria en curso en los que el deudor sea consumidor o usuario (el destinatario final del bien), tendría carácter temporal, en tanto en cuanto el Tribunal de Justicia de la UE decida sobre la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil Nº3 de Barcelona, en cuyo seno se produjo hace un mes el dictamen de la abogada general del citado Tribunal, Juliane Kokott, en relación con la posible incompatibilidad entre la regulación española y la normativa europea en esta materia.
Cabe recordar que fue a principios del pasado mes de noviembre cuando Kokott dictaminó que la ley española de desahucios podría vulnerar la normativa comunitaria porque no garantiza una protección eficaz de los consumidores frente a posibles cláusulas contractuales abusivas en las hipotecas. El citado dictamen respondía a una cuestión presentada por el citado Juzgado de lo Mercantil de Barcelona, que debía decidir sobre una denuncia presentada por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, entidad que forzó su desalojo de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de una hipoteca. Este ciudadano solicitaba que se declarara nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución de la hipoteca fuera considerado también nulo. No obstante, hay que destacar que la regulación española no permite paralizar un desahucio invocando una cláusula abusiva, sino que la cuestión debe llevarse a otro juicio una vez que se ejecute el desahucio.
Es en este contexto en el que la abogada general del Tribunal de Justicia de la UE dictaminó que la regulación procesal nacional no puede provocar que se obstaculice la invocación de los derechos garantizados al consumidor por la directiva europea contra las cláusulas contractuales abusivas, estimando al mismo tiempo que "la regulación procesal española es incompatible con la citada directiva, al menoscabar la eficacia de la protección que ésta persigue".
En esta coyuntura, a la espera de la resolución en la que el Tribunal de Justicia Europeo decida sobre dicho asunto, los jueces del Palacio de Justicia de Chiclana han decidido de forma conjunta paralizar temporalmente este tipo de procedimientos, entendiendo que la resolución del citado Tribunal podría traer consigo importantes cambios a la hora de valorar y decidir sobre dichas cláusulas y en evitación de graves perjuicios irreparables.
Asimismo, la resolución también podría abrir la puerta a que el deudor tenga la posibilidad de paralizar el procedimiento de desahucio hasta que se resuelva sobre el posible carácter abusivo de las citadas cláusulas, como la del interés moratorio, entre otras.
Cabe resaltar, en este sentido, que las cifras de procedimientos abiertos en esta materia se han disparado en los últimos años en Juzgados como el de Chiclana, en el que en 2011 se resolvieron 360 lanzamientos de hipotecarios y prácticamente en la misma proporción este año, con 48 causas en los dos últimos meses.
En estas circunstancias, la medida adoptada por la Junta de Jueces de Chiclana, que ya se está aplicando con la suspensión temporal de oficio de algunas subastas, se presenta como pionera en la provincia, donde no se tiene constancia de que otros Juzgados hayan decidido ya en estos términos, aunque sí se han producido movimientos en esta línea en otros puntos de la geografía española.
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