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El TSJA fija las indemnizaciones del tranvía en el justiprecio más un 25%
El TSJA fija las indemnizaciones del tranvía en el justiprecio más un 25%
La falta de entendimiento por la cuantía entre las partes, Junta y expropiados de San Fernando, obliga al TSJA -que había estimado la nulidad del proyecto- a pronunciarse
Amaya Lanceta / San Fernando | Actualizado 04.02.2012 - 05:01El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ya se ha pronunciado sobre las indemnizaciones que deben ser abonadas a los expropiados del tranvía en San Fernando que recurrieron las compensaciones fijadas por la pérdida de sus propiedades de la manzana de Montañeses de La Isla. La sección cuarta de la sala de lo Contencioso Administrativo estima que se debe pagar el justiprecio establecido más un 25%. Para Joaquín Moreno, el único afectado que no alcanzó ningún acuerdo eso supone que se le pagará los 106.736 euros que estableció la Comisión Provincial de Valoración, más 26.684 euros (el 25% sobre el justiprecio estimado, que fija el TSJA).
La primera sentencia del TSJA por el recurso interpuesto por los afectados del tranvía establecía con fecha de 29 de octubre la nulidad del proyecto, al existir defectos de tramitación en el mismo. Una segunda sentencia más tarde reincidía en la misma idea, lo que implicaba además la paralización de los trabajos. Ambas decisiones fueron firmes el verano pasado cuando la Junta de Andalucía retiró el recurso de casación que había presentado para defender la legalidad del proyecto ante el Tribunal Supremo. La Administración argumentó entonces que pretendía evitar más demoras a la actuación. Para restituir la legalidad de las obras, la Consejería de Obras Públicas anunció, además, su intención de someter a exposición pública el mencionado proyecto. Solventa así la Junta una de las vertientes del problema judicial, pero quedaba otra pendiente la de los expropiados.
Los afectados por las expropiaciones que se llevaron a cabo en Montañeses de La Isla reclamaban compensaciones mayores a las fijadas por la Administración andaluza. Concretamente, uno de los propietarios, Joaquín Moreno, se negó a aceptar las cifras propuestas al entender que junto a la finca no se valoraba el negocio que tenía allí alquilado (del que sacaba 1.000 euros al mes). Reclamó entonces y ganó la batalla.
Las sentencias ya mencionadas reconocían la ilegalidad de las obras, pero también advertían de la imposibilidad de dar cumplimiento a la misma por el avanzado estado de ejecución que presentaba. Las compensaciones eran la solución a este asunto judicial. Ante la falta de entendimiento y de negociación entre las partes, era la propia sección cuarta de la sala de lo Contencioso Administrativo la que debía determinar la cuantía, como hace el auto conocido ahora. El texto estima que la Junta de Andalucía debe abonar a todas las partes recurrentes un 25% sobre el justiprecio valorado. Para Joaquín Moreno, la Comisión Provincial de Valoración había estimado una compensación de casi 107.000 euros, a lo que se sumará una cuarta parte más.
La primera sentencia del TSJA por el recurso interpuesto por los afectados del tranvía establecía con fecha de 29 de octubre la nulidad del proyecto, al existir defectos de tramitación en el mismo. Una segunda sentencia más tarde reincidía en la misma idea, lo que implicaba además la paralización de los trabajos. Ambas decisiones fueron firmes el verano pasado cuando la Junta de Andalucía retiró el recurso de casación que había presentado para defender la legalidad del proyecto ante el Tribunal Supremo. La Administración argumentó entonces que pretendía evitar más demoras a la actuación. Para restituir la legalidad de las obras, la Consejería de Obras Públicas anunció, además, su intención de someter a exposición pública el mencionado proyecto. Solventa así la Junta una de las vertientes del problema judicial, pero quedaba otra pendiente la de los expropiados.
Los afectados por las expropiaciones que se llevaron a cabo en Montañeses de La Isla reclamaban compensaciones mayores a las fijadas por la Administración andaluza. Concretamente, uno de los propietarios, Joaquín Moreno, se negó a aceptar las cifras propuestas al entender que junto a la finca no se valoraba el negocio que tenía allí alquilado (del que sacaba 1.000 euros al mes). Reclamó entonces y ganó la batalla.
Las sentencias ya mencionadas reconocían la ilegalidad de las obras, pero también advertían de la imposibilidad de dar cumplimiento a la misma por el avanzado estado de ejecución que presentaba. Las compensaciones eran la solución a este asunto judicial. Ante la falta de entendimiento y de negociación entre las partes, era la propia sección cuarta de la sala de lo Contencioso Administrativo la que debía determinar la cuantía, como hace el auto conocido ahora. El texto estima que la Junta de Andalucía debe abonar a todas las partes recurrentes un 25% sobre el justiprecio valorado. Para Joaquín Moreno, la Comisión Provincial de Valoración había estimado una compensación de casi 107.000 euros, a lo que se sumará una cuarta parte más.
Fernando González Zamora. Odontólogo
"Realizamos cirugía guiada por ordenador"
Su clínica dental, instalada en Jerez desde el año 2003, está integrada por un equipo de profesionales especializados en diferentes ámbitos de la odontología, ofreciendo así un servicio integral con los últimos avances tecnológicos del sector






