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Provincia de Cádiz

Destituyen a los administradores de JALE por el cobro de sobresueldos

  • El Juzgado de lo Mercantil releva a los tres profesionales que se han encargado de la empresa portuense desde su quiebra por percibir 2,4 millones más de lo autorizado

El Juzgado de lo Mercantil número de 1 de Cádiz ha ordenado la destitución de los tres administradores concursales de Grupo Jale como consecuencia del cobro de cantidades percibidas sin autorización judicial por su labor al frente de la compañía y que superan, en conjunto, los dos millones de euros, según la información contenida en un auto judicial dictado el 31 de octubre. El motivo del cese, además, obedece a las "desavenencias" de los administradores concursales con el que fuera presidente del Grupo Jale, José Antonio López Esteras.

El Juzgado de lo Mercantil número uno, dirigido por la juez Nuria Orellana, ordena el cese de Tomás Torres, Alejandro Bengio y Daniel Pastor como administradores concursales del grupo portuense, concretamente de sus filiales, Inverluna, Inmobiliaria Amuerga y Jale Construcciones, y asigna esta misión a dos abogados de las firmas PricewaterhouseCoopers y Ernst&Young. También requiere a los administradores cesados para que rindan cuentas de "su entera actuación colegiada, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a cada uno".

En dos autos previos de 10 de julio de 2008 y de 29 de enero de 2010, la juez señalaba la existencia de importes cobrados por estos profesionales en concepto de retribución provisional que eran superiores a los autorizados por el propio tribunal ("exceden con mucho la cantidad autorizada por la juzgadora"). Cada uno de los tres administradores cobraron cantidades próximas a los 1,5 millones de euros, un total global de 4,5 millones cuando la cantidad autorizada por la juez era de 2,1 millones de euros.

El juzgado ya había requerido en varias ocasiones a estos economistas que reintegrasen a la masa activa de acreedores las cantidades cobradas "sin autorización judicial y sin permiso de la juez". Lo hizo en autos de mayo y septiembre, después de rechazar los recursos de los afectados. En el texto dictado el 31 de octubre, el juzgado señala que "no consta ingreso de los administradores concursales" en su cuenta, y también indica que "la actitud reticente a la devolución ha provocado escritos de acreedores contra la masa que han visto perjudicado su derecho de cobro, al anteponerse a ellos la administración concursal".

Además, el Juzgado ha apreciado "las desavenencias constatadas con el que fuera presidente del grupo, quien en un primer momento autorizó el pago a la administración concursal de cantidades superiores a las fijadas en los autos". "Teniendo en cuenta que en el procedimiento podría llegar a abrirse la sección de calificación, no parece aconsejable que por dichas razones se mantenga en el cargo a los mismos administradores concursales", indica el auto del 31 de octubre.

La juez requiere a los administradores cesados rindan cuentas de su actuación, "sin perjuicio de su responsabilidad", y que entreguen la documentación sobre el concurso en el plazo de un mes. Contra la resolución no cabe recurso jurídico.

Las sociedades Inmobiliaria Amuerga y Construcciones Jale, divisiones del grupo turístico e inmobiliario de José Antonio López Esteras, afincado en El Puerto, están en concurso de acreedores desde marzo de 2008 tras acumular una deuda de más de 380 millones de euros y constatar su insolvencia.

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