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El Puerto

La labor de las diputaciones en los pueblos más pequeños

El informe de la Cámara de Cuentas explica que, entre los factores esgrimidos por los ayuntamientos que han respondido justificando el incumplimiento de su obligación de rendición o su retraso, se mencionan muchas causas.

Entre ellas, se alude a "la insuficiencia de medios personales y escasez de personal cualificado". En concreto, hablan de "alta rotación o ausencia de interventores o secretarios-interventores, en especial en los municipios de población reducida". También, por la "insuficiencia de medios materiales y tecnológicos para la rendición". Incluso, en algunos casos, manifiestan "la incompatibilidad de sus sistemas de información con los formatos empleados para la rendición en soporte informático".

Añade el informe que un elevado número de ayuntamientos requeridos para la presentación de sus cuentas "han realizado un notable esfuerzo para la formulación y aprobación de las cuentas generales de los cinco últimos ejercicios". Sin embargo, detalla que las causas por las que las cuentas no son aprobadas "no siempre responden a deficiencias en el contenido o la forma de la documentación presentada".

La Cámara recuerda que entre las competencias de las diputaciones provinciales previstas en la Ley se encuentra la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión, garantizando a los municipios de menos de 1.000 habitantes la prestación de los servicios de Secretaría e Intervención. Al respecto, añade que "la falta de personal con adecuada cualificación o la ausencia por bajas de larga duración sin que los interventores o secretarios-interventores sean sustituidos en sus funciones se argumenta como causa del retraso o inexistencia de contabilidad actualizada". Por ello, recuerda que "los servicios de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios de las diputaciones provinciales deben hacer un esfuerzo mayor en el desempeño de sus competencias, especialmente para cubrir las necesidades de los municipios de menor población y en aquellos casos que aún contando con Interventores, estos se encuentran ausentes por enfermedad u otros motivos por largos periodos".

Por último, el informe refleja que en aquellos casos en los que la Cuenta General ha sido presentada al pleno para su aprobación y ha sido rechazada, "debe establecerse un procedimiento para la rendición de la misma al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de Andalucía con indicación de que esta ha sido presentada al Pleno y no ha sido aprobada".

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