Cádiz

La prueba para los alumos de Ciclos versará sobre las materias

  • El ejercicio tiene carácter voluntario · Para el director de Acceso de la UCA ha faltado debate sobre si el sistema de admisión precisaba este "rápido y controvertido" cambio

Novedades con respecto al acceso a las universidades. El Boletín Oficial del Estado publicó ayer la Orden EDU/3242/2010, de 9 de diciembre, por la que se determina el contenido de la fase específica de la prueba de acceso a la universidad que podrán realizar quienes estén en posesión de un título técnico superior de formación profesional, de técnico superior de artes plásticas y diseño o de técnico deportivo superior y equivalentes.

Esa prueba específica voluntaria, regulada en el real decreto 558/2010 de 7 de mayo y que ha aprobado el Ministerio de Educación, la podrán realizar los alumnos de Ciclos Formativos de grado superior y versará sobre las materias de segundo de Bachillerato.

Consultado sobre este asunto, el director general de Acceso de la Universidad de Cádiz, Eduardo González Mazo, explica que el cambio fundamental que conlleva esta nueva orden es que "en el presente curso los alumnos de Ciclos han entrado a la universidad directamente. Su nota de admisión sólo dependía del Ciclo. Mientras que para el curso que viene podrán presentarse durante el desarrollo de la Selectividad a una prueba específica para subir nota, y su calificación de admisión se generará a partir de la nota de su ciclo y de las calificaciones obtenidas en la citada prueba".

Y tras esta enunciación, González Mazo reflexiona sobre la nueva norma y sobre los diferentes cambios que se han producido en los últimos meses en este campo: "Si realmente queremos que nuestro sistema educativo responda a criterios estrictamente académicos y no políticos, es difícil comprender como una nueva normativa de acceso y admisión a las universidades públicas españolas regulada en noviembre de 2008 ha sufrido ya una corrección de errores -marzo de 2009-, una corrección de la corrección -julio de 2009-, la aprobación de una orden que actualizaba anexos -junio 2009- y de otra orden que modificaba la orden anterior -febrero de 2010-, y una modificación parcial del mismo publicada en el Real Decreto 558/2010, de 8 de Mayo. Y ahora, finalmente, una orden publicada en BOE de 17 de diciembre de 2010 que modifica parcialmente este último real decreto. Pero aún resulta menos comprensible que todos estos cambios hayan afectado y estén afectando directamente tanto a alumnos de Ciclos Formativos de grado superior como de Bachillerato que no los conocían previamente".

En concreto, los alumnos que se matricularon en primero de Bachillerato en septiembre de 2008 (no había entrado en vigor el nuevo real decreto) no sabían que transcurridos dos cursos, el número de plazas al que podrían optar en grados universitarios demandados iba a ser notablemente inferior como consecuencia de que competirían en un mismo cupo con los estudiantes procedentes de ciclos formativos de grado superior. Ni tampoco los alumnos que se matricularon en el primer curso de un Ciclo Formativo de grado superior en septiembre de 2009 sabían que transcurridos dos cursos tendrían que realizar una prueba específica para subir nota y garantizarse la admisión en determinados grados. Y algo parecido ocurre con los que se inscribieron en el primer curso de un Ciclo en septiembre de 2010, pues "no conocían cuál era el contenido de la citada prueba específica, y además esperaban examinarse de temarios relacionados con los módulos de los Ciclos".

El director general de Acceso de la UCA también recalca que, a pesar de las diversas modificaciones, los alumnos procedentes de ambos colectivos van a tener que seguir compitiendo por las mismas plazas a pesar de que sus calificaciones se generan de manera diferente. "Un alumno brillante de Bachillerato que obtenga un 10, aportará a su nota de admisión un 6 (60%), y los otros ocho puntos, hasta los 14, los tendrá que obtener realizando la Selectividad completa (parte general obligatoria y parte específica voluntaria). Mientras que un alumno brillante procedente de Ciclo Formativo que cuente con un 10, aportará a su nota de admisión un 10 (100%), y los otros 4 puntos los podrá obtener desarrollando la parte específica voluntaria de la prueba".

Por todo ello, considera que se debería haber debatido profundamente si el procedimiento de acceso y admisión necesitaba esta "rápida y controvertida modificación" que "no responde a criterios estrictamente académicos". "En cualquier caso lo más acertado hubiese sido que el nuevo sistema de acceso y de admisión, independientemente de las valoraciones que cada persona quiera hacer, no hubiese afectado a los estudiantes que ya habían tomado una decisión".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios