Cádiz

El Ayuntamiento crea una ordenanza para aglutinar las normas de carácter cívico

  • Las principales novedades se centran en el uso de las bicicletas en aceras y calles peatonales · Los vándalos serán multados y abonarán los gastos de los desperfectos

El equipo de Gobierno ya tiene redactado un borrador de la Ordenanza Municipal Reguladora de las Normas de Uso de los Espacio Públicos de la Ciudad, las Zonas Verdes y Playas, con la que trata de establecer “unas pautas de comportamiento cívico”. Además, también se quiere aprovechar para unificar y homogeneizar los procedimientos y criterios a aplicar en la tramitación de los expedientes sancionadores que se incoen.

Con esta ordenanza se van a responder a nuevas realidades y lo que se intenta es fomentar el principio de responsabilidad y rehabilitación de los infractores, es decir, que tomen conciencia tanto de la infracción cometida como del daño causado.

La ordenanza se agrupa en tres títulos: en el primero de ellos aparecen las disposiciones generales;en el segundo se regula el uso de las zonas verdes, playas y espacios públicos; y en el tercero la normas de control y medidas sancionadoras.

El objetivo del equipo de Gobierno es poder llevar al Pleno Municipal estas ordenanzas a principios de año una vez que estén ultimadas, para someterlas posteriormente a exposición pública y alegaciones.

Estos son algunos de los aspectos principales de la ordenanza:

reparación de daños

Con independencia de la tramitación del correspondiente expediente sancionador, el Ayuntamiento podrá exigir al infractor la reposición del bien alterado a su estado originario y además el abono de los daños que haya causado. es decir, además de multa, tendrá que reparar el daño causado, algo que puede resultar útil para los casos de vandalismo siempre que se pille el infractor.

La figura de esta persona también se regula y se deja claro que en el caso de que el responsable sea menor de edad, serán los padres o tutores los que tendrán que hacerse cargo del daño causado.

Al igual que ocurría con el tema de las multas, se establece la posibilidad de que los infractores se puedan acoger al programa de ejecución alternativa mediante formación, servicios en beneficio de la comunidad y reposición del daño causado.

LAs bicicletas

Es uno de los aspectos más novedosos que aparece en el borrador de la ordenanza municipal. Hasta ahora quedaba prohibido ir en bicicleta por las calles peatonales y por lugares como el Paseo Marítimo. Ahora se suaviza esta situación, aunque los peatones son los que siguen teniendo la voz cantante. El objetivo es compatibilizar el derecho al uso de la zonas peatonales y aceras por los transeúntes y los usuarios de las bicicletas.

En este sentido, en las calles peatonales las bicicletas se deben llevar por su usuario andando siempre que existan otras personas a pie. En el caso de su inexistencia se puede montar en bicicleta siempre que se vaya a paso peatonal.

Asimismo, en las aceras, en aquellos lugares en los que no exista señalización de carril-bici, se puede montar en bicicleta siempre que se vaya al citado paso peatonal y exista una distancia mínima de un metro entre la bici y el transeúnte.

perros

Presenta otro aspecto curioso. Además de decir como deben ir los perros, deja abierta la posibilidad de que el Ayuntamiento fije una zona donde los canes puedan estar sueltos y poder jugar con ellos, eso sí, sin perjuicio del cumplimiento de toda la normativa en cuanto a la tenencia de animales.

parques infantiles

En el borrador se refleja una serie de prohibiciones, entre ellas la de pisar con calzado que pueda dañar las zonas de jardines destinadas al juego de niños que estén pavimentadas con caucho u otros elementos que se puedan deteriorar. Cabe recordar que el Ayuntamiento  tiene que reparar constantemente los daños que ocasionan el uso de tacones en estas zonas. Sin embargo, en otro artículo, el 23, se regula la presencia de los menores en estas zonas y cuándo deben estar acompañados por sus padres. Aunque no aparece en el borrador, se quiere regular  la edad de los niños sin acompañar, que ahora mismo está entre los 3 y los 18 años.

Las terrazas

Uno de los problemas que había detectado el ayuntamiento era que en determinados negocios de hostelería se acumulaba mucha basura en las terrazas, debido a que no tenían camareros específicos para esta cuestión, sobre todo en aquellos lugares de comida rápida. Se daba la circunstancia de que muchos de los deperdicios se acumulaban en las mesas o incluso se encontraban desperdigados por el suelo. A partir de ahora el establecimiento tendrá que tener limpia siempre la zona y, en general, para todos los establecimientos, dejando en perfecto estado de limpieza la vía pública cuando cierre.

En el caso de las terrazas de los bares y restaurantes también se determina que la colocación de sillas y mesas en la vía pública se ajustará a la zona marcada por el Ayuntamiento, no rebasando las marcas para facilitar el correcto tránsito peatonal.

interior de pisos

El capítulo IV se refiere a las molestias en el interior de edificaciones. El Ayuntamiento entiende que estas tienen una proyección a espacios comunes y al exterior. Por ello se prohibe expresamente efectuar molestias a los vecinos motivados por cánticos, gritos, taconeo, obras y movimientos de muebles entre otros muchos que pueden causar molestias a los vecinos y a los espacios comunes en horas diurnas. Además, se suprime cualquier ruido o actividad desde las doce de la noche hasta las ocho de la mañana para respetar el derecho de descanso. También se recoge que en este horario no se puede dejar a animales en patios, terrazas o balcones que con su sonido perturben el descanso de los vecinos.

ropa tendida

Esta medida en su día causó mucha polémica y fue puesta en marcha por Carlos Díaz, el anterior alcalde socialista. Hoy en día se vuelve a reflejar en las ordenanzas, pero queda claro que es uno de los mayores incumplimientos que se produce y donde hay una mayor relajación por parte de los agentes de la autoridad a la hora de sancionar. Se trata de la prohibición de tender o exponer ropas y prendas de vestir en ventanas, terrazas exteriores o cualquier otro lugar que “por su situación  u orientación a la vía pública sean visibles desde la misma”

acampadas

Con este punto se trata de ponerle coto a lugares donde normalmente se acampa, como los bajos del balneario de La Caleta. En la ordenanza se dice que se entiende por acampada “asentarse en la vía pública temporalmente con elementos provisionales y portátiles”.

aparcacoches

Hay un aspecto llamativo en la ordenanza y es que se dice que no se podrá realizar ninguna actividad económica o laboral no autorizada en la vía pública. Hasta ahí todo normal. Pero la ordenanza va más allá y llega a identificar algunos de los supuestos oficios: “en especial, tipo aparcacoches, limpiaparabrisas o similares”.

sanciones

Las sanciones se dividen en tres niveles, cada una de las cuales puede llevar una multa económica. Las leves pueden llegar hasta los 750 euros, las graves hasta los 1.500 y las muy graves hasta los 3.000. En todos los niveles se pueden aplicar una serie de agravantes y atenuantes que pueden disminuir la cuantía de la multa o ampliarla.

En las leves entra el grueso de casi todos los incumplimientos, incluido el de efectuar pintadas o dibujos en fachadas de edificios público o no. Pasa a ser grave cuando los incumplimientos sean más intensos o en los daños que se efectúen en el patrimonio histórico de la ciudad o que sean de imposible reparación. También aparece aquí el disparo de cohetes, petardos o fuegos de artificio de cualquier tipo o similares en la vía pública sin autorización municipal. Además, pasa ser grave cuando ha tenido más de una infracción leve en el plazo de un año. Muy grave cuando el hecho en sí aumenta y cuando tenga más de una infracción grave en doce meses.

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