Cádiz

El IFEF incumple una sentencia firme por despido improcedente

  • El Supremo condenó a Fomento a la readmisión de una ex agente de empleo, pero se aferró a la reforma laboral para no hacerla efectiva Debería haber abonado ya la indemnización.

El Instituto de Fomento de Empleo y Formación (IFEF) ha incumplido una sentencia firme por la que debe indemnizar a una ex agente local de promoción de empleo a más de 76.000 euros. El proceso judicial que comenzó con el despido de la trabajadora en 2012 ha llegado hasta el Tribunal Supremo, que dictó la readmisión por parte de Fomento, aunque el Ayuntamiento se acogió a la reforma laboral para decretar la extinción del contrato y proceder a su indemnización.

El plazo para el pago ha concluido sin que aún se haya abonado cuantía alguna. La afectada ha requerido que se solicite a la concejala Laura Jiménez, como concejala de Fomento, vicepresidenta del IFEF y autoridad responsable, la ejecución forzosa de la sentencia y que se le advierta que se procederá a la imposición de multas coercitivas en caso de incumplimiento.

Los hechos se remontan a septiembre de 2012, cuando Luisa Pérez es despedida del IFEF. Trabajaba como agente local de promoción de empleo (Alpe) desde hacía más de ocho años. En Andalucía fueron unos 800 técnicos los que corrieron una suerte similar, aunque en el caso de capitales de provincia y diputaciones los trabajadores no dependían de la Junta. En el IFEF había 21. Cinco de los despedidos por Fomento consideraron que era improcedente, de modo que lo denunciaron. Luisa Pérez llevaba ocho contratos anuales prorrogados, pero pretendían indemnizarle únicamente por el último año.

El juzgado dio la razón a Fomento en primera instancia, pero la ex agente recurrió a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que resolvió a su favor. La sentencia de julio de 2014 declaró el despido improcedente con el argumento de que las tareas que desempeñaba la denunciante eran las propias del Instituto, de modo que la contratación temporal continuada no era adecuada y el acuerdo extintivo ni era válido ni debió resultar eficaz. El fallo condenó al organismo del Ayuntamiento de Cádiz a optar por la readmisión de la trabajadora o al abono de una indemnización por despido improcedente.

Luisa Pérez explica que el IFEF optó por la indemnización, pero que un fallo en los plazos por parte de Fomento llevó al TSJA a ordenar la readmisión. Entonces presentaron recurso ante el Tribunal Supremo, que no lo admitió. La sentencia pasó a ser firme, ante la que no cabía ya recurso alguno, y condenaba al IFEF al pago de las costas judiciales.

En octubre de 2015, la denunciante solicitó al Juzgado de lo Social número 1 de Cádiz la ejecución de la sentencia, por la que requería a Fomento su readmisión y el pago de los salarios de tramitación devengados desde el despido hasta la incorporación laboral efectiva en el instituto dependiente del Ayuntamiento.

El 9 de diciembre se produjo la comparecencia de las partes para dicha ejecución, pero en la misma el IFEF alegó con el fin de extinguir la relación laboral. Argumentó la imposibilidad de readmisión porque la empresa está sujeta a presupuesto municipal que no contempla este puesto y a la existencia de un plan de ajuste que impide la reincorporación, de modo que optó por el pago de indemnización por despido improcedente. Pérez explica que el Ayuntamiento se acogió a la reforma laboral que tanto han criticado las formaciones políticas del equipo de gobierno, con la presentación de los dos últimos presupuestos publicados en boletín oficial y alegando la reducción del mismo.

El Juzgado de lo Social declaró la extinción de la relación laboral y condenó al IFEF a abonar a la demandante 31.386 euros en concepto de indemnización por el despido y 44.669 en concepto de salarios de tramitación, que corresponde a los sueldos no cobrados desde que dejó de trabajar en Fomento hasta que consiguió un nuevo empleo. Se requiere el pago en un plazo de quince días.

Ante el incumplimiento del abono en el plazo correspondiente, la demandante presentó el 4 de febrero ante el Juzgado de lo Social la solicitud de ejecución forzosa, requiriendo que se solicite a la concejala Laura Jiménez la inmediata ejecución de la sentencia y la advertencia de proceder a la imposición de multas en caso de no hacerse efectiva en la persona de la edil como autoridad responsable.

El caso de Luisa Pérez no es el único que se encuentra pendiente de solución entre los antiguos agentes de empleo, aunque el resto se encuentra en un momento procesal diferente.

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