Cádiz

El TS rechaza repetir el juicio del caso Gamboa y ratifica la condena

  • El tribunal preguntó el pasado diciembre a las defensas si debía celebrarse una segunda vista con jurado pero en la sentencia obvia totalmente esa consulta

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que en enero de 2007 condenó a tres procesados involucrados en la muerte del estudiante Francisco Gamboa, de 23 años de edad, apuñalado mortalmente en la zona de la Punta de San Felipe la madrugada del 12 de noviembre de 2004. La nueva resolución, que responde a los recursos presentados por las defensas, rechaza repetir el juicio con un jurado, posibilidad que el propio tribunal planteó de oficio el pasado noviembre. Un mes después, el Supremo optó por consultar al fiscal y a los abogados de los procesados si consideraban oportuno ese segundo juicio. El caso fue juzgado por un tribunal de tres magistrados.

Pese a que las defensas se pronunciaron a favor de un nuevo juicio con jurado y a que todo indicaba que sería el tribunal el que decidiría teniendo en cuenta sus argumentos (para rebatirlos o para asumirlos), la sentencia obvia esa consulta y basa su negativa en un acuerdo plenario de la Sala General adoptado a finales del pasado febrero. Previamente, el pasado 29 de enero, en otro acuerdo plenario, la Sala Segunda ya decidió que no examinará de oficio si un asunto debió ser juzgado o no con jurado.

Ese problema, si un caso debe juzgarlo o no un jurado, surge habitualmente ante los casos en los que hay varios delitos y sólo alguno (por ejemplo, homicidio) corresponde a la Ley del Jurado. Se supone que si los delitos son conexos los juzga un jurado y si no, un tribunal de tres jueces. Pero lejos de establecer un único criterio sobre la conexión procesal, los tribunales han aplicado el que les ha parecido y eso ha dado lugar a que casos similares los haya visto en un lugar un jurado y en otro un tribunal de tres magistrados. A esa situación ha contribuido que la Fiscalía intente por lo general evitar juicios con jurado.

En el caso Gamboa coincidían varios delitos y sólo uno de ellos, el homicidio, corresponde al Tribunal del Jurado pero el asunto llegó a la Audiencia Provincial de Cádiz para ser juzgado por un tribunal de tres magistrados. En otros casos similares, como el crimen de La Viña o el de la muerte de un peluquero en El Puerto, fue un jurado el que se ocupó de juzgar a los acusados pese a que había otros delitos. En cambio, en el caso de la muerte de un joven y su bebé en un incendio intencionado en Rota, los tres militares procesados comparecieron ante tres magistrados.

La sentencia del Supremo ratifica la condena a 14 años de prisión por homicidio a Juan Carlos Martín Lechugo, de unos 23 años de edad, en prisión, autor de la puñalada que acabó con la vida de Francisco Gamboa. Los otros dos procesados, en libertad provisional, fueron condenados por lesiones: Sergio Duarte Sandubete, de unos 22 años, a cinco años y nueve meses de prisión; Francisco José López Ferrera, de unos 40, a cinco años. Gamboa fue atacado con piedras, una señal de tráfico y una navaja por cinco o seis personas con las que se topó cuando quiso saber quién le había dado una bofetada a un amigo.

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