Andalucía

Un legionario condenado a cinco años de cárcel por apuñalar a un compañero

  • El Tribunal Supremo desestima el recurso interpuesto por el acusado quien alega que actuó sin ánimo de matar y sólo por lesionar para repeler un empujón previo.

El Tribunal Supremo ha condenado a cinco años y medio de prisión a J.L.S.G., un soldado destinado en la Brileg con base en Viator que, en febrero de 2005, apuñaló en el abdomen a un compañero de acuartelamiento con una navaja de 7,5 centímetros de hoja durante una pelea desencadenada por una deuda contraída con la víctima.

 La sentencia del Alto Tribunal, a la que tuvo acceso Europa Press, desestima el recurso de casación interpuesto por el penado, quien alegó que actuó sin intención de matar "sólo de lesionar" para repeler un empujón previo, y confirma el fallo de la Audiencia Provincial que le consideró autor de un delito de homicidio en grado de tentativa y le obligó al pago de 45.725 euros en concepto de indemnización a G.J.C.

 J.L.S.G., de 27 años y vecino de El Parador, en el término municipal de Roquetas de Mar, asestó un navajazo en el vientre a su compañero después de que éste le reclamase el pago de una cantidad de dinero que le había prestado previamente. La agresión se produjo pasadas las 10:30 horas después de que ambos protagonizaran una discusión y un forcejeo en el patio de la base Álvarez de Sotomayor.

 Tras invitarle a que le acompañase hasta la camareta que acogen las taquillas de los soldados, cogió el arma y, sin mediar palabra, se la clavó en el abdomen hasta causarle una herida incisa de 6,5 centímetros de longitud, que le alcanzó el hígado y derivó en la pérdida de hasta un litro y medio de sangre.

 G.J.C. entró en inestabilidad hemodinámica y, según se recoge en la sentencia de origen, habría fallecido debido a un shock hipovolémico sin la rápida intervención de los servicios sanitarios del acuartelamiento y la posterior evacuación hasta el complejo hospitalario de Torrecárdenas, en la capital, donde permaneció ingresado 26 días para, después, estar de baja durante otros 174 días.

 Tras perpetrar la agresión, el penado salió "con normalidad" de la zona donde estaban ubicadas las taquillas aunque, en su huida, fue interceptado por otros compañeros que lo retuvieron y dieron aviso a sus superiores pese a lo cual el tribunal apreció que concurría la circunstancia modificativa atenuante de reparación de daño. 

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