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Andalucía

La Junta recurre la sentencia contra Ciudadanía acusando al TSJA de hacer ideología

  • El Gobierno considera que el Alto Tribunal andaluz no ha probado la vulneración de derechos fundamentales

La Junta de Andalucía recurrió ayer ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anuló parte de los contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía referentes a la "ideología de género". El recurso del Ejecutivo andaluz considera que su propuesta para esta materia obligatoria en la Educación Secundaria no vulnera los derechos fundamentales, además, tilda de "ideológico" el fallo emitido por la sala de lo contencioso administrativo del TSJA en Sevilla.

El recurso asegura que la sentencia del TSJA no aclara cuáles son los derechos constitucionales vulnerados a los cinco padres sevillanos que presentaron la demanda, pese a que era obligado demostrar tales incumplimientos. Tal "falta de concreción" en la demanda y en la sentencia, según el recurso, llega al punto de que el TSJA ha anulado parte de los contenidos de las órdenes de la Consejería de Educación que no se refieren la asignatura de Ciudadanía, sino a otras materias.

El TSJA anuló en Andalucía los contenidos de Educación para la Ciudadanía referidos a ideología de género, homosexualidad y opciones vitales, que consideró una "ilícita invasión" en la ética, el derecho y la moral. Frente a esto, la Junta expone en su recurso que ha sufrido una "doble indefensión", pues, por un lado la sala andaluza infringe los preceptos para plantear cuestión de ilegalidad y, por otra, "no precisa qué artículos concretos de la normativa causan la pretendida vulneración de un derecho fundamental".

"La sentencia nos anuncia el planteamiento de una cuestión de ilegalidad, sin que ni siquiera a estas alturas sepamos qué preceptos concretos y específicos del Real Decreto son los supuestamente ilegales", sostiene el texto presentado por el Gobierno andaluz ante el Supremo.

La Administración autonómica niega, además, que Educación para la Ciudadanía vulnere la obligada neutralidad ideológica y recuerda que la Constitución española es "ideológica-programática" y asume "valores superiores del ordenamiento como la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo político, la dignidad de la persona y los derechos contenidos en la Declaración de Derechos Humanos". Además, expone que se ha realizado una lectura "puramente ideológica" de la legislación. No se puede pretender una vulneración del derecho a la libertad ideológica y de culto como si fueran "derechos absolutos ajenos a cualquier límite y excluidos de cualquier interpretación conjunta en el marco constitucional", añade el recurso.

Los servicios jurídicos de la Junta afirman además que "los pronunciamientos ideológicos están también vedados a los jueces y tribunales" y que la sentencia del TSJA "contraviene este aserto y hace una interpretación y un juicio no jurídico".

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